El programa de reestructuras de créditos bancarios anunciado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), permitirá a usuarios afectados por la pandemia, reducciones en los pagos de su deuda de mínimo 25%, la ampliación del plazo de la misma y la opción de saldar un préstamo hasta en 60 meses.
Además, los clientes podrán ser acreedores a recortes en la tasa de interés, así como la implementación de quitas, condonaciones o bonificaciones que incentiven el pago de los créditos reestructurados.
Para los financiamientos renovados al amparo de una línea de crédito revolvente, el saldo dispuesto deberá reestructurarse bajo un esquema de pagos periódicos fijos, menores en un mínimo de 25% con relación al último pago realizado, con un plazo de hasta de 60 meses.
Cabe señalar que cada banco decidirá si entra o no al programa de reestructuras de créditos con los clientes que se vieron afectados por la pandemia del coronavirus, pero en caso de hacerlo, deberán de apegarse a estas disposiciones presentadas por las autoridades.
Las instituciones que acepten reestructurar algún financiamiento tendrán que formalizar dicho trámite a más tardar el 24 de septiembre de 2021, al igual que la renovación del crédito tendrá que estar debidamente justificada y documentada según las condiciones de cada cliente.
Hasta el momento, Banorte, Scotiabank y HSBC informaron a 24 HORAS que continúan en el análisis de las medidas anunciadas por las autoridades para ofrecer los apoyos más adecuados.
Por su parte, Santander dijo que “ha recomendado que ante cualquier situación, la gente se acerque al banco para revisar su caso de forma individual”. BBVA México y Citibanamex no dieron respuesta hasta el momento de esta publicación.
Las recomendaciones
1.- Los usuarios interesados deberán de mantener al corriente sus pagos antes de solicitar el apoyo.
2.- Exponer su situación económica actual de la manera más transparente posible.
3.- Analizar si conviene una baja en la tasa de interés o ampliación del plazo a pagar.
4.- Acudir con bancos legalmente establecidos en el país.
5.- Si la deuda pasa a un despacho de cobranza, verificar que esté inscrito en el padrón de la Condusef.
LEG