INE
Foto: Cuartoscuro/Archivo Coincidió en que debe ser una advertencia contra todos los funcionarios que incurran en el mismo supuesto  

El GPPRD reconoció la determinación de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) de dictar una tutela preventiva al Presidente Andrés Manuel López Obrador para impedir que continúe, repita y concrete más violaciones a la normatividad electoral y a los procesos electorales.

Recordó que dicha resolución fue en atención, entre otras, a la denuncia que presentó contra el Presidente Andrés Manuel López Obrador por sus indebidas declaraciones del 28 y 30 de noviembre respecto a la decisión de su Partido -el de la Revolución Democrática (PRD)- de aliarse con el Revolucionario Institucional (PRI) y Acción Nacional (PAN) para los comicios del próximo año.

Con ello “incurrió en intromisión indebida, ilegal e inconstitucional en la materia político-electoral y en la competencia partidista al realizar llamados proselitistas en favor de su partido y en contra de distintos partidos políticos, entre ellos el PRD”, puntualizó la bancada del Partido del Sol Azteca.

Precisó que estas declaraciones del titular del Ejecutivo Federal fueron en su carácter de tal y con recursos públicos, pero con tinte claramente partidista.

Es decir, las hizo como Presidente de la República, en el marco de eventos de carácter oficial y con uso de la Bandera y el Escudo Nacionales, el letrero “Gobierno de México”, el equipo de producción televisiva de la Presidencia de la República y el equipo de transmisión del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, para denostar a otros partidos contrarios al suyo, Morena.

“Junto a lo anterior, es de hacerse notar que la escenografía de los eventos referidos consiste también en un fondo con el color guinda similar al Pantone 1805 que el artículo 1 del Estatuto de Morena dispone como el color oficial del emblema de dicho partido político”, señaló el GPPRD en su queja.

Tales declaraciones del Presidente López Obrador violan los artículos 1, 9, 41 y 134 de la Constitución, así como el 449 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, varios de la Ley General de Partidos Políticos, y las constituciones y leyes electorales estatales.

Puntualmente -se quejaron los legisladores perredistas-, el Presidente López Obrador faltó a sus obligaciones de ser neutral, institucional y apegado a los fines informativos, educativos y de orientación social a que debe sujetarse la propaganda de su gobierno en cualquiera de sus modalidades, pues por una parte descalifica a los partidos de oposición y, por otra, elogia al suyo y a sus proyecto de supuesta “cuarta transformación”.

Ante el riesgo de que el Ejecutivo Federal continúe con su contumaz violación a las leyes nacionales, las 12 diputadas y diputados federales perredistas solicitaron a la Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenarle que se abstenga de hacerlo y dictarle, para tal fin, medidas cautelares.

Así lo determinó ayer dicha Comisión ante los argumentos de que el Presidente de la República debe ser el primero en no influir en las preferencias de los electores, que medidas cautelares como ésta ya se aplican desde 2006 -cuando se prohibió a Vicente Fox expresarse contra de la candidatura de López Obrador-; que los gobernantes ya fueron parte de un proceso electoral y por eso están en sus cargos, por lo que ya no deben intervenir en los mismos, y que la tutela preventiva que hoy se impone es una advertencia para otros funcionarios.

 

 

EFVE