El Pleno del Senado de la República, aprobó las reformas a la Ley de Seguridad Nacional propuestas por el presidente, Andrés Manuel López Obrador, para regular la actuación y retirar inmunidad a los agentes extranjeros que se encuentran en México.
El dictamen que fue enviado a la Cámara de Diputados para su discusión y eventual aprobación, destaca que los elementos de agencias extranjeras que se encuentren en México, tendrán prohibido, realizar detenciones, allanar la propiedad privada o trasladar a ciudadanos mexicanos fuera de territorio nacional para someterlos a juicio.
A unas semanas de la detención y, posterior liberación del ex secretario de la Defensa Nacional, Salvador Cienfuegos, por parte de Estados Unidos, de la que presidente López Obrador reprochó no haberse enterado de la investigación que se realizaban por parte de agentes de Estados Unidos en contra del general Cienfuegos; la mayoría de Morena y sus aliados, aplaudieron la propuesta del Ejecutivo.
De acuerdo con la iniciativa, los agentes extranjeros no tendrán ninguna inmunidad en caso de incurrir en la comisión de delitos o infracciones y, se limitarán a actividades de enlace para el intercambio de información con autoridades mexicanas.
La propuesta del Ejecutivo, señalaba que los agentes extranjeros tendrían la obligación mensual de informar a las secretarías de Relaciones Exteriores y de Seguridad y Protección Ciudadana, de las autoridades mexicanas la información de que se alleguen en el ejercicio de sus funciones; lo cual fue criticado por la oposición y por diversos organismos.
Ante ello, el líder de la mayoría de Morena, Ricardo Monreal, propuso cambiar la redacción para que, respetando los diversos convenios y programas de cooperación bilateral suscritos por el Estado mexicano en materia de seguridad, que señalan que sólo se puede compartir información operacional de investigaciones en curso con ciertas autoridades, como la Fiscalía General de la República; propuso que los agentes extranjeros informen “a las autoridades mexicanas que corresponda”.
Asimismo, deja establecido que “se deberá mantener la confidencialidad de la información que obtengan (los agentes) derivado de la aplicación de los convenios de cooperación bilateral, de conformidad con los términos establecidos en los mismos”.
La iniciativa obliga a las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México a entregar en 72 horas a las autoridades, un informe por escrito de la celebración de cualquier reunión, intercambio de información, llamadas telefónicas o comunicaciones que sostengan con agentes extranjeros.
Las reuniones deberán ser autorizadas con anterioridad por el Grupo de Alto Nivel de Seguridad, órgano auxiliar del Consejo de Seguridad Nacional y, deberá estar presente un representante de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Los agentes extranjeros podrán ser autorizados para internarse temporalmente en territorio nacional para el intercambio de información, y sólo se les permitirá portar armas de fuego que, en su caso, les autorice la Secretaría de la Defensa Nacional.
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CT