INE
Foto: Cuartoscuro En síntesis, considera que las restricciones del INE son sobre actos futuros de realización interna, por lo que piden al Tribunal Electoral que analice la legalidad del acuerdo  

La Consejería Jurídica de la Presidencia impugnó ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE), por el que se prohíbe al presidente Andrés Manuel López Obrador pronunciarse sobre el proceso electoral.

“La Consejería Jurídica de la Presidencia de la República solicitó al TEPJF que analice la legalidad del acuerdo emitido por el INE, donde establece un mecanismo indebido de censura previa en contra del presidente de México”, dijo el vocero presidencial, Jesús Ramírez Cuevas.

En la víspera, por nueve votos a favor y dos en contra, el órgano electoral aprobó medidas cautelares para que en su conferencia mañanera, giras o cualquier acto público, el jefe del Ejecutivo evite hablar del ejercicio de las prerrogativas de los partidos políticos: financiamiento público y acceso a radio y televisión; vida interna de los partidos políticos nacionales y locales; candidaturas de partidos políticos e independientes: registro, postulación, entre otras”.

A su vez, no podrá pronunciarse sobre los candidatos, cargos de elección; etapas del proceso electoral federal y locales; frentes, coaliciones electorales, fusiones, alianzas nacionales o locales; plataformas electorales; campañas electorales; estrategias electorales de cualquier fuerza política nacional o local, así como a encuestas de intención de voto o preferencias electorales”.

En su impugnación, el Gobierno de la cuarta transformación señala que los consejeros del INE están prejuzgando sobre “actos futuros de realización incierta” o conductas ilícitas del Presidente.

“Las manifestaciones o declaraciones que emite el Presidente durante su participación en las conferencias de prensa no pueden calificarse a priori como posiblemente ilícitos, tal y como pretende establecer la resolución impugnada”, señala el documento de 100 fojas.

A juicio de la Consejería Jurídica, la conferencia mañanera “no transgrede de forma alguna los principios de imparcialidad y equidad de la contienda electoral, pues la aparición del titular del Ejecutivo y la intervención de distintos funcionarios, tienen como propósito dar respuesta a las preguntas de los medios de comunicación en un claro y legítimo ejercicio de libertad de prensa”.

La defensa de las conferencias mañaneras se basa en que “válidamente pueden ubicarse en el contexto del derecho a la información que tienen los gobernados y la rendición de cuentas, como correlativa obligación por parte de los servidores públicos, por lo que goza de una presunción de licitud que sólo puede destruirse con prueba en contrario”.

EXHORTARÁN AL INE A INFORMAR DE LAS ACCIONES PARA GARANTIZAR OBJETIVIDAD, CERTEZA E IMPARCIALIDAD EN EL PROCESO ELECTORAL

CT