Congreso General de la Cámara de Diputados
Foto: Especial La Iniciativa, de ser aprobada en sus términos, lesionaría severamente las condiciones de competencia en la generación y comercialización de la energía eléctrica  

La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) remitió al Congreso de la Unión una opinión en la que recomienda no aprobar en los términos propuestos la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica (Iniciativa), ya que podría afectar severamente el proceso de competencia y libre concurrencia en los eslabones de generación y comercialización de energía eléctrica. De entrar en vigor, esto podría traducirse en tarifas finales de suministro eléctrico más altas, que deberán pagar los consumidores y/o el gobierno mediante subsidios.

El marco constitucional vigente contempla la posibilidad de la competencia en la generación y suministro (comercialización) de electricidad, actividades en las que, sin excepción, todos pueden participar, tanto los privados como la Comisión Federal de Electricidad (CFE). Por su parte, las redes de transmisión y distribución, como áreas estratégicas a cargo del Estado, deben ser operadas de manera neutral y bajo un principio de acceso abierto y no indebidamente discriminatorio. Esta dinámica incentiva la producción y abasto de la energía a precios competitivos. En contraste, de aprobarse la Iniciativa, se impediría la competencia en la generación y el suministro de energía eléctrica, pues como está planteada:

Elimina el despacho económico de electricidad (que implica tomar primero la más barata), y establece el siguiente orden de prioridad para despacharla: 1) las hidroeléctricas (que en su mayoría son propiedad de la CFE), 2) las otras plantas de la CFE, 3) las eólicas y solares, y 4) los ciclos combinados privados. Este orden otorga ventajas exclusivas injustificadas a las generadoras de CFE, garantizándole la venta de su energía sin que necesariamente sea la más barata. Esto eliminaría la competencia entre generadores mediante la disminución de costos y desmotivaría la instalación de proyectos de generación más eficientes y limpios, en perjuicio de los consumidores y el medio ambiente.

Quebranta la garantía de acceso abierto a la Red Nacional de Transmisión y las Redes Generales de Distribución, las cuales son un insumo indispensable para que pueda existir competencia en la generación y el suministro. Para poder competir y llevar la energía desde las centrales eléctricas hasta los usuarios finales, los generadores y suministradores ineludiblemente requieren del acceso abierto no indebidamente discriminatorio a estas redes. Contrario a ello, la Iniciativa propone que el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) otorgue dicho acceso “cuando sea técnicamente factible”, sin señalar los criterios para ello y sin considerar que la legislación ya regula las condiciones para las conexiones e interconexiones. Esto otorga al CENACE amplia discrecionalidad para negar el acceso a ciertas centrales, en situaciones donde este no debería ser negado por cuestiones técnicas.

Permite a CFE Suministrador de Servicios Básicos (CFE SSB) adquirir electricidad sin recurrir a mecanismos competidos que garanticen los mejores precios. Como método de transición, la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) permitió a CFE SSB firmar contratos legados de suministro para adquirir electricidad de las “Centrales Legadas”, propiedad de CFE, que además de cumplir con ciertos criterios de viabilidad, estaban en operación a la entrada en vigor de la LIE o proyectadas en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2014. Al vencimiento de estos contratos, la CFE SSB solo podría adquirir electricidad a partir de métodos competidos, en específico, mediante las subastas que organiza el CENACE. La Iniciativa propone catalogar como Legada cualquier planta de CFE, incluso las nuevas, y eliminar la obligación de recurrir a las subastas para comprar electricidad. Esto implica que alrededor del 84% de la generación existente tendría derecho a ser adquirida por el principal suministrador del país a través de métodos no competidos. Así, la competencia dejaría de ser el mecanismo para garantizar que CFE SSB (y otros suministradores calificados) adquieran la electricidad a los menores precios posibles, lo que eventualmente incrementaría las tarifas o los subsidios a estas.

Permite a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) negar permisos, considerando los criterios de planeación del Sistema Eléctrico Nacional establecidos por la Secretaría de Energía. La ambigüedad de esta facultad permitiría a la CRE, sin causa justificada, dejar de otorgar permisos y cerrar el mercado de la generación.

Es importante subrayar que recientemente la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó diversas disposiciones de la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad del Sistema Eléctrico Nacional que van en el mismo sentido que varias de las modificaciones propuestas en la Iniciativa.

Adicionalmente, la Iniciativa incluye otros elementos que desarticulan el mercado de Certificados de Energía Limpia (CEL), al multiplicar su oferta y eliminar la efectividad de este mecanismo para promover la instalación de mayor capacidad de generación limpia en el país. Esto podría implicar que México incumpla sus compromisos internacionales de generación limpia, en específico alcanzar el 35% comprometido para 2024.

En un contexto de recuperación económica, es sumamente importante que las empresas mexicanas tengan acceso barato y eficiente a la electricidad. Igual de importante es que las familias paguen menores tarifas para que su dinero alcance para más. Finalmente, ante la actual presión en el gasto público, es importante mantener bajos los subsidios aplicados a las tarifas eléctricas, de tal forma que el Gobierno cuente con recursos adicionales para apoyar la recuperación de la economía mexicana.

En aras de no afectar los principios de competencia y libre concurrencia en la generación y suministro de electricidad, en quebranto del orden constitucional, y sobre todo en perjuicio de los usuarios de este imprescindible servicio, la COFECE recomienda no aprobar en sus términos la Iniciativa.

 

DAMG