Por: Diana Benítez y Jessica Martínez
A una semana de que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, la Ley de la Industria Eléctrica supera la decena de suspensiones provisionales, con aplicación de carácter general, tras los amparos interpuestos por la iniciativa privada.
Ayer, Rodrigo de la Peza López Figueroa, juez primero de Distrito en Materia Administrativa, especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, sumó otra suspensión contra la norma.
Según el Listado de Acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), en este juzgado se acumularon 11 demandas de amparo contra el Congreso de la Unión.
Juan Pablo Gómez Fierrro, juez segundo de Distrito en Materia Administrativa, también especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, y quien podría ser investigado por el CJF a petición del presidente Andrés Manuel López Obrador, siguió con la emisión de suspensiones generales.
Ayer concedió dos más tras los amparos presentados por las empresas Eólica de Oaxaca y Eólica de Tamaulipas.
Tales recursos se sumarían a las dos suspensiones otorgadas la semana pasada, y por las cuales se molestó el mandatario, ya que la medida es de carácter general; es decir, se ampara a todas las empresas del sector energético que pudieran ser afectadas por la reforma a la ley.
Arturo Zaldívar, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, informó que turnó al CJF la queja del Presidente contra Gómez Fierro, quien -según la opinión de AMLO- está privilegiando el interés de unos cuantos particulares.
“Son justificadas”
Por separado el especialista en derecho de amparo, Víctor Manuel Alonso, consideró que la suspensión provisional a la Ley de la Industria Eléctrica es justificada y se dio conforme a derecho, pues primero se debió reformar la Constitución y después elaborar la nueva ley, ya que existen distorsiones entre ambos documentos.
Y es que Alonso indicó que hay incongruencias entre el texto constitucional y las recientes modificaciones a la industria eléctrica, pues mientras en el primero se permite el ingreso de capital extranjero, en la nueva reforma no.
En dado caso, abundó, primero se debió modificar la Constitución y, además, revisar que no se contradijera ningún tratado internacional celebrado previamente, de lo contrario, se convertiría en una reforma inconvencional.
El especialista de la Facultad de Derecho de la Universidad La Salle indicó que los impulsores de las modificaciones a la Ley de la Industria Eléctrica no esperaban la suspensión general de la reforma, pues si bien están conscientes de los amparos, no contemplaron que el freno se aplicara para todos.
Finalmente, Alonso adelantó que en los próximos días se conocerá la resolución sobre la suspensión temporal de la reforma.
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