La Asociación Nacional de Actores (ANDA) descartó que la reforma a la Ley de Cinematografía prohíba el doblaje o lo afecte.
En un comunicado en redes sociales, señaló que la reforma al Artículo 8 sólo agrega la obligatoriedad a subtitular todas las películas exhibidas en el país.
Esto incluye a las cintas dobladas en español, sin mencionar afectación alguna al ejercicio profesional de los profesionales del doblaje.
Apuntó que desde 1992, el Artículo 8 indica que los filmes deben exhibirse en su versión original y con subtítulos en español.
“Las películas serán exhibidas al público en su versión original y, en su caso subtituladas en español, en los términos que establezca el Reglamento. Las clasificadas para público infantil y los documentales educativos podrán exhibirse dobladas al español”.
Explicó que desde hace casi dos décadas, empresas distribuidoras y exhibidoras promovieron un amparo para garantizar que el doblaje pudiera aplicarse de manera libre. Esto en cualquier película de cualquier género cinematográfico; además el amparo procedió y continúa vigente.
La ANDA añadió que en la actual reforma al Artículo 8 de la Ley de Cinematografía se agregan lo siguiente:
“Las películas serán exhibidas al público en su versión original y subtituladas al español, en los términos que establezca el Reglamento. Las clasificaciones para público infantil y los documentales educativos podrán exhibirse dobladas, pero siempre subtituladas en español”.
La Asociación consideró que la reforma tiene como objetivo la inclusión de públicos con debilidad auditiva, a quienes no se les había contemplado anteriormente.
De esta manera, las modificaciones no intentan afectar el ejercicio de los profesionales del doblaje.
fahl