La Secretaría de Gobernación informó que la reforma al artículo 8 de la Ley Federal de Cinematografía, aprobada el febrero pasado, entró en vigor este martes. Con esta modificación se busca ampliar el acceso a la cultura y el esparcimiento para las audiencias con discapacidad auditiva. Sin embargo, surgieron las dudas sobre si esta nueva ley afectaría al doblaje nacional.
La modificación al artículo 8 obliga a que todas las películas que se exhiban en México cuenten con subtítulos al español. Esto con el objetivo de “promover el cine mexicano, otorgar estímulos fiscales para la promoción de cintas realizadas en México y proteger los derechos de las audiencias”, según la información parlamentaria.
Ante la difusión de la noticia surgió la confusión en redes sociales que, a causa de la malinterpretación del escrito y la desinformación de algunos medios, creyó que la nueva reforma representaba un golpe al doblaje nacional argumentando que esta modificación afectaba en gran medida el área de trabajo de los estudios de doblaje.
Derivado a esta situación, el presidente de la Comisión de Cultura y Cinematografía de la Cámara de Diputados, Sergio Mayer, se pronunció al respecto: “Es absolutamente falsa cualquier afirmación de que en México ahora se prohíbe el doblaje o las películas dobladas que, por cierto, es una gran industria de la que nos sentimos orgullosos”, explicó Mayer.
Aún más claro fue el comunicado de la Asociación Nacional de Actores (ANDA): donde se explicó que la reforma reciente al artículo 8 de la Ley de Cinematografía sólo agrega la obligatoriedad a subtitular todas las películas exhibidas en nuestro país, incluidas las dobladas al español, sin mencionar afectación alguna al ejercicio profesional de los agremiados en la especialidad de doblaje. Expusieron que, anteriormente, la Ley se leía de la siguiente forma:
“Las películas serán exhibidas al público en su versión original y, en su caso, subtituladas en español, en los términos que establezca el reglamento. Las clasificadas para público infantil y los documentales educativos podrán exhibirse dobladas al español”. Pero con las nuevas modificaciones la redacción es la siguiente:
“Las películas serán exhibidas al público en su versión original y subtituladas al español, en los términos que establezca el reglamento. Las clasificadas para público infantil y los documentales educativos podrán exhibirse dobladas, pero siempre subtituladas en español”.
La ANDA aclaró que hace casi dos décadas se promovió un amparo. Esto para garantizar que en México el doblaje pudiera aplicarse libremente a cualquier película de cualquier género cinematográfico, mismo que sigue vigente.
En conclusión, el doblaje nacional no corre riesgo alguno. Su área de trabajo no se verá afectada y, mucho menos, va a desaparecer. Lo único que sucederá es que cada película que se exhiba en cines, ya sea doblada o no, contará con subtítulos obligatorios, en pro de la inclusión a una comunidad desfavorecida.
PL