Abogados calificaron como exceso la sanción de prisión preventiva para los dos hombres que se disfrazaron de adultos mayores para recibir la vacuna anti Covid en el Centro de Estudios Navales en Ciencias de la Salud (Cencis) de la Marina, en la alcaldía Coyoacán.
Esto luego que Rubén Morales Zerecero, actor y subcampeón del videojuego oficial de FIFA, y Christian Alberto Nieva Gómez, trabajador de EA Sports, fueron señalados por probablemente usurpar la identidad de sus familiares, así como la alteración y uso indebido de documentos.
Consultado por este diario, el jurista Ignacio Morales Lechuga dijo que la conducta no es peligrosa para privarlos de su libertad.
“Por otra parte, ¿qué tanto se le puede exigir a personas desesperadas por la ausencia de vacunas? ¿La responsabilidad es plena de estos jóvenes o el gobierno de alguna manera motiva estos hechos?”.
Cuestionado si la decisión de las autoridades fue para que sea un ejemplo, el exprocurador comentó que entonces hubieran dado el mismo mensaje con el tema de las vacunas de aire, luego de que una enfermera fue señalada de no aplicar la vacuna, sino que la jeringa que usó estaba vacía.
“Si mañana se descubre que AstraZeneca no debe aplicarse por la peligrosidad que encierra y que causa trombosis, ¿vamos a proceder contra la Cofepris y la Secretaría de Salud, con prisión preventiva por la falta de responsabilidad de no haber cuidado la calidad de las vacunas que se están aplicando?”.
A su vez, la abogada penalista Italy Ciani Sotomayor expresó que posiblemente los sujetos no generan un riesgo para las víctimas reales o un peligro para que se obstaculice la investigación o de fuga, porque la pena es muy baja.
“Me parece un exceso que los mantengan en prisión preventiva, pero se debería ver el debate para saber que argumentó el Ministerio Público”.
Por su parte Héctor Carreón Perea, miembro de la Asociación Latinoamericana de Derecho Penal y Criminología, indicó que también existen otras alternativas de resolución de este conflicto, como pudiera ser la suspensión condicional del proceso, dependiendo la calificación jurídica que se haya hecho.
“Consideramos que este tipo de medidas pudieran ser muchas más eficientes para que las personas sujetas a investigación participaran en algunos servicios sociales a favor del Estado, como voluntarios en estos procesos de vacuna, antes de considerar otro tipo de condiciones mucho más represivas como pudiera ser la prisión preventiva justificada”.
¿Qué dice la ley?
Esto dice el Código Penal de la Ciudad de México sobre la usurpación de identidad.
211 Bis. Al que por cualquier medio usurpe, con fines ilícitos, la identidad de otra persona, u otorgue su consentimiento para llevar a cabo la usurpación en su identidad, se le impondrá una pena de uno a cinco años de prisión y de cuatrocientos a seiscientos días multa.
Se aumentarán en una mitad las penas previstas en el párrafo anterior, a quien se valga de la homonimia, parecido físico o similitud de la voz para cometer el delito establecido en el presente artículo.
LEG