elecciones y campañas
Foto: Cuartoscuro Los servidores públicos estarán vigilados por la SFP durante el periodo electoral  

Este martes 13 de abril se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo por el que se exhorta a servidores públicos a seguir ciertos lineamientos durante las elecciones.

El documento establece que los lineamientos entrarán en vigor un día después de haber sido publicados en el DOF.

El proceso electoral inició en septiembre del 2020.

Con la votación del 6 de junio se renovará la Cámara de Diputados; a nivel local se votará para renovar 15 gubernaturas, 30 congresos locales y alcaldías en 30 estados.

Está prohibido para servidores públicos

– Asistir a eventos proselitistas en horas y días hábiles.

– Manifestar apoyo en cualquier medio de comunicación en favor de alguna candidatura o partido político.

– Registrarse como representantes de partidos políticos ante la autoridad electoral.

– Difundir en los medios de comunicación social campañas de propaganda gubernamental pautadas con recursos públicos, con excepción de las relativas a servicios educativos y salud, así como las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

– Difundir propaganda gubernamental que contenga nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público; mensajes destinados a influir en las preferencias electorales, a favor o en contra de aspirantes, precandidatos, candidatos o partidos políticos; menciones al proceso electoral o expresiones vinculadas a éste como “voto”, “sufragio”, “comicios; “elección”, “elegir”, “proceso electoral” y cualquier otra similar.

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– Difundir campañas de comunicación social cuyos contenidos incluyan mensajes discriminatorios, sexistas o contrarios a los valores, principios y derechos constitucionales; que inciten, de forma directa o indirecta, a la violencia o a comportamientos a la violencia o a comportamientos contrarios al ordenamiento jurídico.

– Ejercer presión en la ciudadanía para orientar el sentido de su voto.

– Poner bienes o recursos públicos a disposición de candidatos o partidos políticos.

– Instalar casillas en casas habitadas por servidores públicos de los tres niveles de gobierno.

– Utilizar programas sociales y/o recursos públicos para inducir o coaccionar a los ciudadanos para votar a favor o en contra de cualquier candidatura o partido político.

– Desviar recursos públicos para favorecer a determinado partido político, precandidato o candidato a un cargo de elección popular.

– Comisionar al personal a su cargo, para realizar actividades político-electorales o permitir que se ausenten de sus labores para esos fines.

– Condicionar la entrega de recursos provenientes de programas públicos a la promesa de promover o ejercer el voto en un sentido u otro.

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– Condicionar la entrega de recursos provenientes de programas públicos con la intención de inducir a la ciudadanía a realizar o participar en cualquier tipo de actividad o propaganda proselitista, de logística, de vigilancia o análogas en beneficio o perjuicio de algún partido político, coalición, precandidatura o candidatura.

– Recoger o retener la credencial de elector, así como amenazar con hacerlo, a cambio de realizar alguna conducta electoral específica.

– Realizar cualquier otra conducta que implique incumplimiento a las disposiciones en materia electoral.

La Secretaría de la Función Pública (SFP), a través de los Órganos Internos de Control, verificarán el cumplimiento del acuerdo.

FF