El gobierno de los Estados Unidos, a través del Departamento de Seguridad Interna, informó que las restricciones para viajes no esenciales en la frontera entre México y territorio estadounidense continuarán, por lo menos hasta el próximo 21 de agosto.
Pero, para toda persona que se encuentra en territorio de México y desea ingresar a la nación americana qué actividades están englobadas dentro de la definición de viaje esencial para las autoridades norteamericanas.
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Para empezar, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos aclaró que no entra dentro de los parámetros de viaje esencial: las personas que viajan con fines turísticos, como hacer turismo, recreación, juegos de azar o asistir a eventos culturales en territorio estadounidense.
ALERTA DE VIAJE: La restricción temporal de viajes no esenciales a través de los puertos de entrada terrestres de EEUU sigue vigente. Los viajes esenciales y el comercio continuan sin impedimentos. Viajes esenciales incluyen pero no están limitados a: pic.twitter.com/qQfE3ee51z
— CBP (@CBP) June 11, 2021
¿QUÉ SE CONSIDERA VIAJE ESENCIAL?
La misma instancia gubernamental detalló, tanto en sus cuentas de redes oficiales, como en su página web https://help.cbp.gov/s/article/Article-1660?language=es que los viajes esenciales y el comercio continúan sin impedimentos.
Los viajes esenciales incluyen:
– Ciudadanos y residentes legales permanentes que regresan a los Estados Unidos.
– Personas que viajan con fines médicos (por ejemplo, para recibir tratamiento médico en los Estados Unidos).
– Individuos que viajan para asistir a instituciones educativas.
– Personas que viajan para trabajar en los Estados Unidos (por ejemplo, personas que trabajan en la industria agrícola que deben viajar entre los Estados Unidos y Canadá o México para promover dicho trabajo).
– Las personas que viajan con fines de respuesta a emergencias y de salud pública (por ejemplo, funcionarios del gobierno o personal de emergencias que ingresan a los Estados Unidos para apoyar los esfuerzos del gobierno federal, estatal, local, tribal o territorial para responder a COVID-19 u otras emergencias).
– Personas dedicadas al comercio transfronterizo legal (por ejemplo, conductores de camiones que apoyan el movimiento de carga entre los Estados Unidos y Canadá y México).
– Personas involucradas en viajes oficiales del gobierno o viajes diplomáticos.
– Personas dedicadas a viajes u operaciones relacionadas con el ejército.
Mantienen cierre de frontera con EU hasta el 21 de julio
Cabe señalar que, sin tomar en cuenta la vía aérea, el Departamento de Seguridad Interna había informado que para reducir la propagación del Covid-19, Estados Unidos extendió las restricciones sobre viajes no esenciales vía terrestre y cruces de ferry con Canadá y México hasta el 21 de agosto, al tiempo que garantiza el acceso para viajes y comercio esencial.