El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer la tercera publicación de tasas efectivas del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de grandes contribuyentes, relativa a 79 actividades económicas que contemplan a 12 sectores.
El órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público informó que, a través de su portal electrónico, se han publicado los parámetros de referencia con respecto a tasas efectivas de impuesto para la medición de riesgos impositivos correspondientes a 124 actividades económicas –previamente dadas a conocer en junio y agosto– para los ejercicios fiscales de 2016, 2017, 2018 y 2019 sobre el padrón de grandes contribuyentes.
Detalló que el cálculo de las tasas se basó en a información dispuesta en las bases de datos institucionales que contienen las declaraciones anuales, dictámenes fiscales, información sobre la situación fiscal de los contribuyentes, declaraciones informativas, comprobantes fiscales digitales por internet, pedimentos, entre otros.
En ese sentido y con la finalidad de dar seguimiento al cumplimiento de obligaciones fiscales de los contribuyentes, se contactó a través del buzón tributario a aquellos contribuyentes cuya tasa efectiva se encuentra por debajo de las dadas a conocer por el SAT.
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Lo anterior, precisó, con el objetivo de que los grandes contribuyentes realicen su análisis y, voluntariamente, corrijan su situación fiscal mediante la presentación de declaraciones anuales complementarias.
Por ello, el SAT emitió la tercera publicación de los parámetros de referencias, respecto a tasas efectivas de impuesto para la medición de riesgos impositivos correspondiente a 79 actividades económicas para los ejercicios fiscales de 2016, 2017, 2018 y 2019.
En la tercera lista de tasas efectivas de ISR de grandes contribuyentes, contempla actividades económicas como comercio al mayor y al menor, dirección de corporativos y empresas, industrias manufactureras, información en medios masivos, servicios de apoyo a los negocios, así como manejo de desechos y servicios de remediación.
También incluye servicios de salud y asistencia social, servicios financieros y de seguros, servicios inmobiliarios y de alquiler de bienes muebles e intangibles, servicios profesionales, científicos y técnicos y transportes, correos y almacenamiento.
Finalmente, el SAT reiteró la invitación para que los contribuyentes consulten la tasa efectiva de ISR a la actividad económica a la que pertenecen y realicen la comparación con su propio cálculo, respecto de cada ejercicio fiscal para medir sus riesgos impositivos.
En ese sentido, añadieron que, en caso de que se requiera corregir su situación fiscal, tendrán que presentar las declaraciones anuales complementarias correspondientes para minimizar la posibilidad del inicio de revisiones profundas orientadas a corroborar el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
CT