El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), consideró que hay fundamentos suficientes para revocar, “lisa y llanamente” la resolución impugnada al gobernador electo de Nuevo León, Samuel García.
Esto luego de que se le fuera impuesta una multa de 27 millones 800 mil pesos por aportaciones de parte de la “influencer”, Mariana Rodríguez Cantú, lo cual -se aseguró- violaba el principio de equidad y generaba ventaja indebida a favor del candidato.
No obstante, se aclaró que la responsable no tomó en cuenta la relevancia que el caso tiene el vínculo matrimonial, pues Mariana Rodríguez Cantú es esposa de García.
Esto quiere decir que las manifestaciones de apoyo tienen un carácter auténtico, además de que se enmarcan en el ejercicio del derecho al libre desarrollo de la personalidad.
Es por eso que la Sala Superior dijo no compartir el ejercicio de ponderación realizado por la responsable, porque de sostenerse dicho criterio, pudiera coartarse indebidamente el derecho a la libertad expresión y participación política.
“Es evidente que las publicaciones de Mariana Rodríguez Cantú, son espontáneas y ejercicio de su libertad de expresión, ante la falta de elementos de prueba que destruya esa presunción, es que se concluye que las mismas no pueden constituir propagan electoral a favor de MC y el otrora candidato, Samuel Alejandro García Sepúlveda”, se detalló en un documento dirigido al Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
RATIFICA INE MULTA A SAMUEL GARCÍA POR 28 MDP
CT