La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por la que pretende descriminalizar la interrupción del embarazo voluntario de diversos artículos del Código Penal para el Estado de Coahuila, sienta un precedente obligatorio para todos los órganos jurisdiccionales.
Así lo explicó la abogada y profesora adjunta de Derecho Procesal Constitucional de la Escuela Libre de Derecho, Diana Gamboa.
Detalló que, a partir de la reforma judicial de 2021 se incorpora al ordenamiento la jurisprudencia por precedentes obligatorios, y por lo tanto “las razones que justifiquen las decisiones contenidas en la sentencia del Pleno de la Corte serán obligatorias para todas las autoridades jurisdiccionales de la Federación y de las entidades federativas cuando sean tomadas por mayoría de ocho votos”.
Para la abogada, la Corte está calificando al aborto como un derecho “y eso implica despojar absolutamente de su dignidad al concebido”.
Ayer, con los posicionamientos a favor de ocho de los 11 ministros que integran la SCJN en la sesión del Pleno, se perfiló la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 195 y 196 del Código Penal de Coahuila relativos a la interrupción del embarazo.
Con ello, se espera que en la sesión de hoy o del jueves a más tardar, el Pleno dictamine la inconstitucionalidad promovida por la entonces Procuraduría General de Justicia en 2017, y tenga efectos generales en todos los estados, pues terminaría con la prohibición de la interrupción del embarazo en su etapa inicial.
El ministro Luis María Aguilar, quien presentó el proyecto, enfatizó que éste se enfoca en torno a la dignidad de la mujer y a las personas con capacidad de gestar, al reconocimiento y respeto de su derecho a decidir libremente sobre su vida, de desterrar con ello actos que producen y perpetúan la desigualdad por el hecho mismo de ser mujeres.
LEG