En días recientes, en el Senado de la República se realizaron un foro y una exposición titulados “Cannabis, más allá de lo lúdico”, en los cuales se escucharon voces expertas y de personas interesadas en los distintos usos que se pueden dar a esta planta y sus derivados, con el fin de seguir ampliando el diálogo rumbo a la discusión de la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, en la que se incluirían las modificaciones a la Ley General de Salud que se deben realizar por mandato judicial, así como reformas al Código Penal Federal.
Esta legislación abriría un nuevo mercado para la industria de fabricantes y comercializadoras, que implicaría inversiones multimillonarias anuales y generaría decenas de miles de empleos, de acuerdo con distintas mediciones. Para ello, se crearían mecanismos de regulación en el otorgamiento de las autorizaciones para la apertura de los establecimientos comerciales. No obstante, quedaría a salvo el derecho de la personas adultas para la autoproducción y la asociación sin fines de lucro.
Por otro lado, el ordenamiento prevé que la Secretaría de Salud ejecutará el programa nacional para la prevención y atención del consumo en personas menores de edad; el del uso problemático del cannabis, entendido éste como el que lleva a la persona consumidora —bajo el efecto psicoactivo de la planta— a la comisión de delitos o faltas administrativas, así como programas contra las adicciones y la farmacodependencia, lo que implica el reconocimiento del consumo ya no como una conducta antijurídica por sí misma, sino como un asunto de salud pública.
De aprobarse la creación de la Comisión Nacional para el Control del Cannabis, ésta tendría a su cargo promover la educación y la investigación para la salud y generación de la evidencia científica en materia de la regulación de esta planta, y se nombraría a personas verificadoras que se ocuparían de brindar orientación y vigilar el cumplimiento de las disposiciones relativas al control sanitario.
En cuanto a las reformas planteadas al Código Penal, se establece que se considerará delito la posesión de cannabis para su estricto consumo personal, tomando como referencia la tabla de orientación de dosis máximas de consumo personal e inmediato, lo que se ve reforzado en el régimen transitorio, que ordena a las autoridades de procuración de justicia y judiciales a nivel federal y en las entidades federativas aplicar retroactivamente la norma para liberar a quienes se encuentren bajo condena, proceso o investigación por la posesión de cantidades permitidas en la nueva regulación.
La ley también incluiría la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, por ejemplo, con la prohibición de consumir la sustancia frente a ellos u otorgar permisos de autoproducción en domicilios en donde residan; de establecer centros de comercialización en las proximidades de escuelas de educación básica y media superior, o de darles empleo en tales centros.
También se contempla la inclusión del cannabis en los supuestos de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, lo que ayudaría a seguir mejorando la recaudación fiscal en estos tiempos de reactivación económica.
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