El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que no todos los ingresos por jubilaciones o pensiones tienen que ser grabados con el Impuesto Sobre la Renta (ISR).
De acuerdo con la dependencia federal, los ingresos por jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social o las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del ISSSTE, estarán exentos, siempre y cuando cumplan con los siguiente requisito.
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¿QUÉ PENSIONES NO TENDRAN QUE PAGAR EL ISR?
A través de medios digitales, el SAT adelantó los ingresos por jubilaciones o pensiones estará exentos del impuesto cuando no rebasen un monto de mil 443.3 pesos diarios o 43 mil 299 pesos al mes para el periodo 2022.
Dicha exención se aplica sobre la totalidad de los ingresos, independientemente de que sean pagados por dos o más patrones.
Asimismo, los ingresos que se perciben por jubilación o pensiones, entre otros, en una sola exhibición, estarán exentos del ISR hasta por un monto de tres millones 159 mil 097.20 pesos; si hay excedente, se deberá pagar el impuesto respectivo, esto también aplica para 2022.
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En caso de que las pensiones sean mayores a dicha cantidad, el ISR se cubre únicamente por el monto que exceda a lo permitido. Por ejemplo, si se recibe un ingreso por estos conceptos de 50 mil pesos al mes, de principio está exento por 43, 299 pesos al mes; solo se pagará ISR por 6 mil 701 pesos.
Aunado a ello, los contribuyentes pueden aplicar las deducciones personales conducentes (gastos médicos, donativos, colegiaturas e intereses hipotecarios, entre otros), lo que reduce el impuesto a cargo.
OH