Por unanimidad, la Cámara de Diputados aprobó derogar el derecho de la mujer a que en caso de un divorcio le den la custodia automática de los hijos menores a siete años.
Al reformar la fracción VI del artículo 282 del Código Civil Federal, se establece que al admitirse la demanda de divorcio, o antes si hubiera urgencia y sólo mientras dure el juicio, el juez, previo procedimiento que fije el Código Civil, resolverá lo conducente salvaguardándolos de peligro grave y atendiendo al interés superior de la niñez.
Te podría interesar: La Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo promovió cursos para servidores públicos en materia de blindaje electoral
Actualmente, la fracción VI, establece que “salvo peligro grave para el normal desarrollo de los hijos, los menores de siete años deberán quedar al cuidado de la madre”
Te podría interesar: Pide PAN a FGR investigar a hijo de AMLO por presunto tráfico de influencias
El dictamen aprobado por los diputados federales fue turnado al Senado de la República para sus efectos constitucionales.