Los compradores de vivienda podrán elegir al notario que quieren que los represente, luego de que se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana 247-2021.
“Para el caso de operaciones con crédito hipotecario, el consumidor puede elegir, a propuesta del proveedor, al notario público siempre y cuando se encuentre registrado en el padrón de notarios de los organismos nacionales de vivienda e instituciones crediticias correspondientes”, señala la publicación ordenada por la Secretaría de Economía el pasado 22 de marzo y que entrará en vigor en septiembre.
Como parte de sus servicios, durante la compra-venta de una casa, los notarios tendrán la obligación de “informar y explicar oportunamente al consumidor la integración de los costos que conlleva la escritura correspondiente, los pasos que deben darse y, una vez otorgado el instrumento, realizar por cuenta de las partes la declaración y entero de las contribuciones que corresponde”.
De acuerdo con fuentes notariales la entrada en vigor de esta norma afectará el trabajo que desarrollan y vulnera varias disposiciones legales, entre ellas la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, que “prohíbe a las entidades condicionar la contratación de operaciones o servicios financieros a la contratación de otra operación o servicio, bajo la premisa de que es un derecho innegable del cliente contratar estos a través de un tercero independiente”.
Las mismas fuentes señalaron que también viola Ley del Notariado para la Ciudad de México, que reconoce “la libertad del prestatario a elegir al notario de su preferencia”.
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