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Foto: Cuartoscuro / archivo / La declaración es obligatoria para aquellas personas con ingresos mayores a 400 mil pesos anuales o con más de una fuente de ingresos durante el año  

A partir de este viernes y hasta el 30 de abril las personas físicas tienen de plazo para presentar su Declaración Anual 2021.

Las personas físicas se dividen en las que están obligadas a realizar la declaración y las que pueden hacerlo de manera voluntaria, de acuerdo con el presidente de la Comisión Técnica Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, Miguel Ángel Tavares.

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La declaración es obligatoria para aquellas personas con ingresos mayores a 400 mil pesos anuales, con más de una fuente de ingresos durante el año, o bien, para quienes dejaron de laborar en la empresa donde lo hacían.

Aquellos que tienen un ingreso menor y no presentan las situaciones anteriores no están obligados a realizarla. Sin embargo, Tavares recomienda que, de ser posible, se realice si la persona “tuvo deducciones personales y obtuvo los Comprobantes Fiscales Digitales y cumple los requisitos correspondientes, pues es probable que tenga un saldo a favor”.

La declaración se realiza en el sitio web del SAT y se debe tener a la mano las contraseñas y accesos que proporcionó el organismo al momento de darse de alta, así como la e-firma.

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Según el SAT, las devoluciones se efectuarán dentro del plazo de 40 días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud ante la autoridad fiscal en una cuenta a nombre del contribuyente.

Si la persona obligada no realiza su declaración puede hacerse acreedor a multas que van desde los mil 400 pesos a los 34 mil 730 pesos.

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