Con cuatro votos a favor, incluyendo el del ministro presidente Arturo Zaldívar, la SCJN desestimó la acción de inconstitucionalidad 64/2021 contra la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) propuesta por AMLO.
En el segundo día de revisión de la acción de inconstitucionalidad interpuesta por senadores de la oposición en contra de la LIE, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó la misma.
Previo a la votación, el ministro presidente Arturo Zaldívar, se dijo conforme con el proyecto presentado por la ministra Loretta Ortiz, cuyo sentido señalaba infundada la acción de inconstitucionalidad.
🔴⚡ Con el voto de @ArturoZaldivarL, la @SCJN desecha acción de inconstitucionalidad presentada en contra de la Ley de la Industria Eléctrica de @lopezobrador_https://t.co/ysdi0U4j9G
— @diario24horas (@diario24horas) April 7, 2022
A su vez llamó a sus pares a sufragar en función de la Constitución y no en preferencias políticas y/o ideologías porque ellos no pueden sustituir a los legisladores.
🔴⚡#ULTIMAHORA El ministro presidente de la @SCJN, @ArturoZaldivarL, expresa su conformidad con el proyecto que considera constitucional la Ley de la Industria Eléctrica.https://t.co/JQErK8ezqB pic.twitter.com/8YrIHLeeAh
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Por lo anterior, Zaldívar Lelo de Larrea informó -y votó- a favor del proyecto en su totalidad.
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En su sesión de este 7 de abril, el Pleno no alcanzó la mayoría calificada de ocho votos, para declarar inconstitucional la norma promovida por el presidente López Obrador.
Con sufragios diferenciados, siete ministros se manifestaron por la inconstitucionalidad pero el presidente de la Corte, Zaldívar Lelo de Larrea, la ministra ponente Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena se pronunciaron por la constitucionalidad de la norma.
Tras la votación, el ministro presidente llamó a un receso de 10 minutos, tras el cual el Pleno resolverá otras impugnaciones a la LIE.
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Al momento los integrantes de la Corte continúan con el desahogo de la discusión, y la ministra Loretta Ortiz destacó que el Tribunal no es competente para resolver la posible contradicción entre la LIE y tratados internacionales.
LV