El diputado federal Hamlet García Almaguer (Morena) aseveró que la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no obliga a la Cámara de Diputados a reponer presupuesto al Instituto Nacional Electoral (INE) para el ejercicio presupuestal 2022.
Indicó que en un término de 30 días hábiles se tiene que hacer un análisis del anteproyecto del organismo electoral y se determine con plena libertad lo que la Cámara de Diputados estime.
“La Corte no le ordena a la Cámara de Diputados que le otorgue al INE el presupuesto que solicitó, lo que le ordena (…) es que se realice una fundamentación y motivación más detallada, más profunda, extensa sobre la razón por la cual se está desarrollando el ajuste”, explicó.
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García Almaguer puntualizó que existe una parte fundamental en la discusión de la Corte del pasado 01 de junio, en lo referente a la competencia y que queda en duda si la Sala de la Corte tenía la legitimación para tomar esta determinación.
“Para la ministra presidente de la Primera Sala de la Suprema Corte no debió haber sido la Sala la que conociera del asunto sino el Pleno (…) fundamentándose en el acuerdo general número 5 del año 2013”, refirió.
El morenista aclaró que no se puede hablar de un recorte, sino más bien de un ajuste, ya que “es un tema proporcional, no se pueden solicitar los mismos recursos para hacer un ejercicio del tamaño que tuvimos en 2021 para el que tenemos en 2022”.
“El INE no puede pretender recibir el mismo presupuesto para 2021 cuando tuvo una elección federal (…) al 2022, donde solamente tenemos la renovación de seis gubernaturas, un solo congreso local en Quintana Roo y alcaldías en el estado de Durango.
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“En la Cámara de Diputados siempre ha habido un esfuerzo por reducir los gastos a partir de que se obtuvo la mayoría en el año 2018 y se ha refrendado año con año”, dijo.
Añadió que en el INE hay posibilidades para hacer ajustes en gastos como los salarios de los consejeros, los bonos, los gastos superfluos, los gastos de tintorería, choferes, arrendamiento de vehículos y rentas.
LDAV