La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la reforma hecha en marzo pasado a la Constitución de Aguascalientes que reconocía “el derecho a la vida desde la concepción y hasta la muerte natural.
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Por unanimidad, el pleno “estableció, conforme a precedentes, que las entidades federativas no están facultadas para modificar el concepto de persona en sus constituciones locales. Asimismo, la Corte precisó que la norma impugnada podría comprometer el ejercicio de los derechos a la autonomía reproductiva, vida, igualdad, salud, e integridad personal de las mujeres y personas gestantes”, señala el comunicado del máximo tribunal de la nación.
Integrantes de colectivos de Aguascalientes y las comisiones de derechos humanos nacional y de la entidad, impulsaron la demanda para que fuera invalidada este párrafo del artículo 2 constitucional.
Tras conocerse la noticia, activistas de todo el país celebraron la decisión de la Suprema Corte, pues, dijeron, “estuvimos trabajando para tumbar la protección de la vida desde la concepción”.
El 12 de febero de 2021, el Congreso de Aguscalientes aprobó la iniciatiba antiaborto que reconocía el derecho a la vida desde la concepción” y que hoy echó atrás la Corte.
LEG