A unas semanas de las compras de fin de año, empieza a sonar la palabra “aguinaldo” como una alternativa para asumir los gastos de la temporada.
El aguinaldo es un derecho de todos los trabajadores. Se trata de un pago anual en efectivo y en moneda nacional que se efectúa entre los meses de noviembre y diciembre a través de un depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito o transferencias, según define BBVA.
De acuerdo con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, el monto del aguinaldo será equivalente a 15 días de salario, por lo menos; y deberá de ser pagado por los patrones antes del 20 de diciembre del año en curso.
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Aquellos trabajadores que no hayan cumplido el año de servicio, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha del pago del aguinaldo, también les corresponde recibir la parte proporcional de dicha retribución económica.
¿Cuánto puedo recibir de aguinaldo?
En ambos casos, el cálculo del aguinaldo es muy sencillo y lo pueden hacer los mismos trabajadores para comprobar que lo que se les está pagando es lo mínimo que establece la ley.
Para calcular el aguinaldo, el trabajador tiene que dividir el monto de su salario mensual neto entre los 30 días del mes. El resultado de la división se multiplica por los 15 días de pago obligatorio que deben de pagar las empresas a sus trabajadores, explica BBVA.
Por ejemplo, si un trabajador percibe 9 mil pesos como remuneración mensual, la divide entre los 30 días. Da un resultado de 300 pesos diarios.
Ese monto se multiplica por los 15 días, lo que resulta 4 mil 500, que es lo mínimo que debe recibir el trabajador que haya laborado el año completo con el mismo patrón.
¿Qué pasa si no trabaje un año completo?
Si el trabajador no cumplió el año completo o ya no labora en el centro de trabajo, también le corresponde la parte proporcional de su derecho por el tiempo que colaboró.
En ese sentido, la fórmula de cálculo de aguinaldo se extiende unos pasos adicionales.
A partir del cálculo del monto tradicional del aguinaldo, se divide entre los 365 días del año y se multiplica por los días laborados.
Continuando con el mismo ejemplo, la operación aritmética queda en la división de 4 mil 500 entre 365 días, lo que da un resultado de 12.33 que sería el equivalente de lo que ganaría a diario de aguinaldo.
El resultado de 12.33 se multiplica por los días que el trabajador prestó sus servicios a determinado patrón. Suponiendo que el colaborador laboró seis meses, es equivalente a 180 días.
Por lo que la operación sería 12.33 por 180 días, que resulta 2 mil 219.40.
Entonces, el trabajador que ganaba 9 mil pesos mensuales, pero sólo laboró 180 días (seis meses), deberá recibir un aguinaldo de 2 mil 219.40 pesos antes del 20 de diciembre.
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En caso del incumplimiento del pago del aguinaldo por parte de los patrones, o bien, fuera del tiempo estipulado, el trabajador tiene hasta un año para presentar un reclamo ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
BBVA recomienda a los trabajadores dar un buen uso al aguinaldo considerando apartar una proporción para ahorrar, invertir o pagar deudas o enfrentar los gastos de la cuesta de enero.
GR