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El Senado aprobó reformas al Código Penal Federal para castigar hasta con 21.6 años de prisión a quien agreda a una mujer con sustancias químicas
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Karina Aguilar
Por unanimidad, el Senado de la República, aprobó reformas al Código Penal Federal para castigar hasta con 21.6 años de prisión a la persona que cause a una mujer lesiones con agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable, álcalis, ácidos y similares.
Las modificaciones al artículo 85, que también adicionan un artículo 297 Bis al Código Penal Federal, avaladas con 79 votos a favor, establecen una multa de 300 a 700 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, de 28 mil 866 a 67 mil 354 pesos.
Se establece que se impondrá de siete a trece años de prisión a quien por sí o por interpósita persona cause a otro lesiones, usando para ello cualquier tipo de agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable, álcalis, ácidos y sustancias similares, incluyendo las que necesiten de otro agente para reaccionar, provocando en una mujer un daño o enfermedad incurable.
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Así como la inutilización completa o la pérdida de una extremidad u órgano, cuando quede perjudicada cualquier función orgánica o se genere alguna discapacidad o deformidad incorregible en la piel.
“La pena prevista en el presente artículo se aumentará en dos terceras partes, cuando exista o haya existido entre el agresor y la víctima una relación de parentesco, sentimental, afectiva, laboral o de confianza”, señala el dictamen aprobado.
De esta manera, el personal de salud que atienda estas lesiones, deberá notificar al Ministerio Público de todos los casos que reciba y a su vez, la autoridad ministerial, tiene la obligación de garantizar la reparación del daño integral, adecuada, eficaz, efectiva y proporcional a la gravedad del daño.
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La minuta se envió a la Cámara de Diputados para los efectos constitucionales que correspondan.
LV