La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) comenzó la discusión del futuro de la prisión preventiva oficiosa, en el que se analiza dejar a criterio de los jueces al dictar esa medida cautelar.
De acuerdo con el proyecto del ministro Luis María Aguilar, se pretende quitarle el carácter de automática y que sea a interpretación de los jueces dicha medida de privación de la libertad.
Hay un catálogo de más de 15 delitos que, según la Constitución, ameritan prisión preventiva oficiosa, entre los que se destacan “abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, enriquecimiento ilícito, emisión de facturas falsas y defraudación fiscal”.
El proyecto del ministro Aguilar propone que los delitos fiscales salgan de la lista de ilícitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.
En concreto, busca que los ministros interpreten el artículo 19 de la Constitución para decidir si aplican o no la prisión preventiva oficiosa, con una perspectiva de preservación de los Derechos Humanos.
Aunque no anunciaron el sentido de su voto, los ministros Jorge Pardo Rebolledo, Yasmín Esquivel y Alberto Pérez Dayán se pronunciaron en contra de que los jueces tengan la facultad de interpretar la Constitución para encarcelar personas, sin una sentencia de por medio.
La discusión continuará el próximo jueves, en la que se prevé que los otros ministros expongan sus puntos de vista, aunque no está definido si ese mismo día se alcanzará la votación o se alargará la discusión.
LEG