Los establecimientos que no cumplan con las nuevas disposiciones del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, podrían hacerse acreedores a una amonestación, sanción, multa e incluso la clausura del establecimiento.
Para ello, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), realizará visitas de verificación sanitaria en la República Mexicana, para vigilar el cumplimiento del Reglamento en establecimientos para verificar cuenten con espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones, espacios cerrados, los lugares de trabajo, transporte público, espacios de concurrencia colectiva, escuelas públicas y privadas en todos los niveles educativos y en cualquier otro lugar con acceso al público que en forma expresa lo establezca la Secretaría.
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Además de los puntos de venta y demás lugares en los que se comercialicen, vendan, distribuyan, suministren o expendan productos de tabaco se verificará que no se encuentren exhibidos directa o indirectamente.
En relación a la comercialización de los productos de tabaco, se vigilará el cumplimiento de los formatos publicados en el “Acuerdo por el que se dan a conocer los requisitos y características con las que deberá contar la lista textual y escrita de los productos de tabaco para su comercialización en los puntos de venta”, publicado en el DOF el día 13 de enero de 2023.
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Para ejecutar las acciones antes mencionadas esta comisión cuenta con verificadores capacitados y los designados por cada estado, para la vigilancia de la Ley General para el Control del Tabaco y su Reglamento.