Foto: Quadratin / Con 25 votos a favor, de 40 legisladores, debido al ausentismo, se aprobó una pena de hasta 25 años de prisión a quien cometa extorsión  

Por unanimidad, legisladores del Congreso de Michoacán aprobaron reformas a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y a la Ley de Adopción, para la creación de la figura legal denominada Acogimiento Familiar.

La iniciativa fue presentada por la diputada del PAN, Laura Ivonne Pantoja Abascal, como medida de protección temporal a niños que por diversas causas o situaciones estén separados de su familia.

De acuerdo con el dictamen elaborado por las comisiones de Justicia y de Derechos Humanos, el objetivo es brindar a los pequeños un entorno familiar que garantice su bienestar, otorgándole seguridad y condiciones para un desarrollo integral.

“El acogimiento familiar tendrá una duración de hasta por dos años, pudiendo ser prorrogables hasta por otros dos años más, atendiendo al caso en concreto, contados a partir de que se le haya asignado a la niña, niño o adolescente”, cita el documento.

El acogimiento familiar no deberá de entenderse como adopción, sino como una forma más de restituir el derecho de vivir en familia, alternativa a la institucionalización. De conformidad a lo establecido en la Constitución federal.

SANCIONAN LA EXTORSIÓN

El Congreso también aprobó penalizar hasta con 25 años de prisión a quien cometa el delito de extorsión.

El Pleno de la 75 Legislatura aprobó reformas al Código Penal estatal; con un cuórum logrado apenas, con 25 de 40 votos a favor, debido al ausentismo de legisladores, se aprobaron reformas para derogar los artículos 224 y 225 del Código Penal Estatal, propuesta de la diputada del PT, Mayela Salas.

En términos de lo aprobado, cometerá delito de extorsión quien obligue a otra persona, mediante violencia física o psicológica, a dar, hacer, dejar de hacer algo, tolerar algo o amenace con causar daño con el propósito de obtener un beneficio.

“Independientemente de que se logre o no el fin propuesto, se le impondrán de 15 a 25 años de prisión y de 100 a 500 días multa”, establece la nueva normativa, que entrará en vigor una vez que se publique en el Diario Oficial del Estado.

 

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