El Ejecutivo federal presentó a la Cámara de Diputados una iniciativa para modificar el Código Penal Federal con la que busca el fortalecimiento de las responsabilidades por el daño y deterioro ambiental por la tala de árboles sin autorización.
Con esta propuesta, señala en la exposición de motivos, se busca la implementación de penas acordes al daño que se ocasiona para disuadir las actividades de la delincuencia organizada, así como del comercio ilegal de madera.
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La iniciativa propone que cuando se desmonte o destruya la vegetación natural, o se cambie el uso de suelo forestal en un área natural protegida se incremente la pena máxima actual de 12 a 13 años de prisión y multa de cuatro mil a 0cho mil veces el valor de la UMA vigente.
Además, se plantea adicionar una penalización a quien corte, arranque, derribe o tale algún o algunos árboles cuando la conducta se realice empelando armas de fuego o cualquier otro medio violento para obtener lucro o beneficio económico.
Ésta conducta se sancionará con pena de tres a 12 años de prisión y multa de 500 a cinco mil veces el valor de la UMA vigente.
La propuesta propone sancionar a quienes transporten, comercialicen, acopie, almacenen o transformen madera en rollo, astillas, carbón vegetal o tierra de suelos forestales sin autorización para evitar la “tala hormiga” o se simule extracción para autoconsumo.
Cuando estas conductas sean cometidas en áreas naturales protegidas, la pena máxima se incrementa de 12 a 16 años de prisión y multa de cuatro mil a 10 mil veces el valor de la UMA vigente.
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El documento indica que el país tiene un consumo aparente de madera de 27 millones de metros cúbicos, mientras que produce únicamente 8.3 millones, lo que genera que la demanda se tenga que satisfacer con productos de procedencia ilícita y se vea obligado a importar madera, parte de ella, igualmente ilegal.
En la exposición de motivos se reconocer que las redes criminales se encuentran involucradas en la devastación de grandes masas boscosas “desmontan, destruyen, corta, arrancan, derriban, talan o cambian el uso del suelo forestal sin consentimiento de la autoridad competente, con el propósito de transportar, comerciar, acopiar, almacenar y transformar la madera mexicana”.
LDAV