Ante el riesgo de caer en inoperatividad, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (Inai) acordó que presentará una Controversia Constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por la falta de nombramiento de dos comisionados.
Esto luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador objetara los nombramientos de dos integrantes de ese organismo autónomo, recientemente avalados por el Senado.
Ante ese escenario, el Inai convocó a una sesión urgente en la que determinó acudir a la SCJN; al respecto, la comisionada presidenta del Instituto, Blanca Lilia Ibarra, dijo confiar en que la Suprema Corte preserve el sistema de contrapesos.
El próximo 31 de marzo concluye el periodo de Francisco Xavier Acuña en el organismo autónomo, por lo que solo se quedará con cuatro comisionados en el Pleno, lo que le impedirá sesionar, según su reglamentación interna.
Desde abril de 2022, el Pleno del Inai permanece incompleto porque el Senado no lograba los consensos para designar a los nuevos comisionados.
El Artículo 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública señala que en caso de que el Presidente de la República objetara el nombramiento, “la Cámara de Senadores nombrará una nueva propuesta”, la cual deberá obtenerse una votación de al menos tres quintas partes de los miembros presentes, es decir 77 senadores.
“Si este segundo nombramiento fuera objetado, la Cámara de Senadores, en los términos del párrafo anterior, con la votación de al menos las tres quintas partes de los miembros presentes, designará al Comisionado que ocupará la vacante”.
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Defensa del INE
Unas horas antes del veto presidencial, el Consejo Consultivo del Instituto Nacional de Transparencia (INAI) emitió una recomendación para que el Pleno del organismo considere la promoción de una acción de inconstitucionalidad contra el Plan B electoral, impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
La reforma, señala, pudiera afectar al Instituto Nacional Electoral (INE) en cuanto a la infraestructura tecnológica, los recursos para la operación, las condiciones y las medidas de seguridad de dicho instituto para preservar la privacidad de la ciudadanía, y prevenir el riesgo inherente a la protección de datos personales de quienes tramitan su credencial de elector y se integran al Padrón Electoral.
Con esta recomendación, indicó, “se pretende que el INAI pondere la promoción de una acción de inconstitucionalidad respecto de las disposiciones contenidas en el Plan B, anteriormente expuestas”.
Abundó que “vistos los argumentos aquí vertidos, el INAI podría considerar, en el momento procesal oportuno, la promoción de una acción de inconstitucionalidad respecto de disposiciones contenidas en el llamado “Plan B”, que pudieran afectar la infraestructura tecnológica, los recursos para la operación, las condiciones y las medidas de seguridad del INE para preservar la privacidad de la ciudadanía, y prevenir el riesgo inherente a la protección de datos personales de quienes tramitan su credencial de elector y se integran al Padrón Elector”.
El Consejo Consultivo del INE realiza un tratamiento intensivo y relevante de datos “personales que identifican a la ciudadanía, con nombres biométricos, huellas dactilares y firma autógrafa, donde debe tomar medidas para mitigar los riesgos inherentes a la privacidad de la ciudadanía.
Destacó que ante las modificaciones propuestas en los Módulos de Atención Ciudadana, donde se expide la credencial de elector, sería necesario elaborar y ponderar la situación a través de una Evaluación de Impacto a la Privacidad”.
JC