Jesús Zambrano, celebró la declaración de la SCJN, donde se señala al Senado de la República como omiso
Foto: Cuartoscuro / La minista Norma Piña encabezó la sesión de la SCJN donde analizó diversas disposiciones de la Ley de la Guardia Nacional  

El futuro del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (Inai) será decidido por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el cual tendrá que resolver sobre su imposibilidad de sesionar por la falta de tres comisionados.

Tras la negativa de suspensión, decretada por la ministra Loretta Ortiz, el organismo autónomo respondió que promoverá un recurso de reclamación, por lo que serán los 11 integrantes del máximo tribunal los que definirán su situación.

Ayer, la ministra Loretta Ortiz Ahlf negó la suspensión solicitada para que el Instituto Nacional de Transparencia operara con cuatro comisionados, en lugar de siete, por la falta de nombramientos del Senado.

La Suprema Corte notificó que se admitió a trámite la controversia constitucional del órgano autónomo por la falta de designaciones.

Sin embargo, la ministra, propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador, decidió no conceder la suspensión para que el Inai pueda sesionar solo con cuatro comisionados.

Desde el pasado 31 de marzo, el organismo de transparencia se quedó sin quórum legal para reunirse y tomar decisiones colegiadas, por lo cual acudió a la Suprema Corte.

En respuesta, el organismo indicó que promoverá un recurso de reclamación para que se analice el acuerdo y le permita garantizar los derechos que la Constitución le encomienda.

El Inai recordó que el 27 de marzo de este año una controversia constitucional en contra del Senado de la República, ante la falta de nombramientos de comisionados. “Este hecho atenta contra la autonomía constitucional de este Instituto, toda vez que la omisión reclamada le impide sesionar en términos de la legislación aplicable, la cual establece que para funcionar requiere de cuando menos cinco integrantes”, indica.

En la demanda, se solicitó la suspensión para el efecto de que se realice una interpretación a la norma que prevé quórum mínimo del Pleno, frente a lo que dispone el artículo 6 de la Constitución, que únicamente precisa que el Pleno del Instituto se integrará por siete comisionados.

La finalidad es que el organismo autónomo nacional esté en posibilidad de cumplir con su mandato constitucional y garantizar los derechos humanos de acceso a la información y de protección de datos personales, permitiéndole sesionar con los cuatro integrantes en funciones, hasta en tanto concluya el proceso de nombramiento por parte del Senado de la República.

LEG