La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidió, por unanimidad de votos, que el presidente Andrés Manuel López Obrador es responsable indirecto de difundir propaganda gubernamental en periodo prohibido, por lo que lo exhortó mantener la neutralidad en los próximos procesos electorales.
Los magistrados determinaron que durante la revocación de mandato, el año pasado, el mandatario nacional no impidió que los titulares de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, así como el de Petróleos Mexicanos (PEMEX) mencionaran programas de gobierno en una conferencia mañanera.
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El caso se originó en la conferencia matutina del 7 de abril de 2022, conocida como la “mañanera”, en la se habló del crecimiento del programa gubernamental de producción y entrega de fertilizantes. Esto llevó a los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD) a denunciar a varios funcionarios por violar la prohibición constitucional de difundir propaganda gubernamental durante el proceso de revocación de mandato.
La Sala Regional Especializada determinó que tanto los servidores públicos mencionados como la concesionaria del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano cometieron la infracción denunciada; sin embargo, en un primer momento, la Sala Superior le ordenó a la Sala Especializada evaluar si el Presidente tenía responsabilidad indirecta el asunto.
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En cumplimiento, la Sala Regional Especializada emitió otra sentencia y decidió que el presidente de la República no tenía responsabilidad indirecta.
La Sala Superior revocó la sentencia de la Sala Regional Especializada y exhortó al presidente de la República a no difundir propaganda gubernamental y a mantener una postura neutral en las próximas elecciones.
Lo anterior, debido a que se determinó que tuvo conocimiento previo de que el tema de los fertilizantes sería abordado en la conferencia matutina y estuvo en posibilidad de asegurar que no se difundiera propaganda gubernamental, sin haberlo hecho.