Foto: Ángel Ortiz |  

Con la modificación al artículo 54 del Reglamento de Tránsito, policías de la Subsecretaría de Tránsito reciben capacitación para responder a choques “lamineros”, a fin de salvaguardar a automovilistas y a la ciudadanía.

“Se firmó un acuerdo que tiene como objetivo que tanto el personal de las aseguradoras como la ciudadanía sepan que si hay un hecho de tránsito de los denominados ‘lamineros’, es decir, que no hay lesionados, que no hay consumo de alcohol ni drogas, que no hay daño a la vía pública, se pueden mover los vehículos aunque no haya llegado el seguro, de todas maneras el usuario tiene derecho al reclamo del seguro”, explicó Andrés Lajous, titular de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México.

Esta modificación publicada el pasado jueves tiene como objetivos salvaguardar la integridad de las personas involucradas en el percance y de los demás automovilistas que transiten por la vía involucrada, además de agilizar el flujo vehicular para evitar bloqueos y embotellamientos.

“Tienen que estar actualizados en las modificaciones que hay en el reglamento y puedan informar a la ciudadanía de la forma correcta por qué están tomando estas medidas y concientizar”, señaló sobre las capacitaciones Francisco Javier Moreno, comisario jefe subsecretario de Control de Tránsito.

Las autoridades refirieron que las y los automovilistas pueden retirar sus vehículos ante incidentes de este tipo y que pueden estar seguros de que los responsables de emitir el dictamen técnico realizarán su trabajo para deducir la causa y la responsabilidad de cada uno de los conductores.

Durante la capacitación algunos de los elementos presentes externaron inquietudes, pues indican que al momento de solicitar a los automovilistas retirar el vehículo estos se rehúsan, ya que refieren que sus aseguradoras les han hecho la indicación de que deben de permanecer en el lugar del percance.

Ante esto, Carlos Jiménez, director de Daños y Autos para la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS), explicó que las aseguradoras ya han iniciado un proceso de información hacia sus clientes para mantenerlos al tanto de la modificación a dicho artículo del Reglamento Tránsito para que cumplan con la disposición sin afectar su derecho a la reclamación del daño.

En caso de que las y los automovilistas no acaten lo estipulado los elementos de Tránsito aplicarán la sanción correspondiente de conformidad con el artículo 34 fracción VI.

LDAV