El gobierno federal publicó esta tarde en el Diario Oficial de la federación, la cancelación de 35 normas oficiales en materia de Salud Pública, y entre ellas destacan las que tienen que ver con prevención y diagnóstico del cáncer de mama, lactancia materna, control de picadura de alacrán, para tratamiento integral de sobrepeso, para el control de diabetes mellitus, entre otras.
De acuerdo con la publicación, se contempla la cancelación de la NOM-041-SSA2-2011, para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama. Y la cual establecía actividades de prevención y comunicación para el conocimiento de los factores de riesgo, así como la promoción de estilos de vida sanos y fomentar la demanda de la detección temprana con el objeto de mejorar la oportunidad del diagnóstico y tratamiento.
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Establecía a la autoexploración, el exámen clínico y la mastografía, como las actividades de detección del cáncer de mama,
También anunció la cancelación de la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-050-SSA2-2018, la cual establece los criterios y procedimientos para la promoción, protección y apoyo a la práctica de la lactancia materna hasta los 2 años de edad, siendo alimento exclusivo durante los primeros seis meses de edad.
Esta Norma era de observancia obligatoria en todo el territorio nacional para el personal de los servicios de salud de los sectores público, social y privado, así como empresas o instituciones vinculadas con mujeres en periodo de lactancia y las que se relacionan con la atención, alimentación, cuidado y desarrollo infantil.
Otra norma que cancelarán es la NOM-031-SSA3-2012, referente a la Asistencia social para adultos mayores.
Además de la NOM-015-SSA2-2010, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus, la cual definía los procedimientos y acciones para la prevención, detección, diagnóstico y tratamiento de la prediabetes y diabetes mellitus tipo 2 y tipo 1, tendientes a disminuir la incidencia de esta enfermedad.
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El Acuerdo publicado en el DOF establece que el Suplemento del Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2023, donde se incluye la cancelación de las normas, deberá quedar integrado por el Secretariado Ejecutivo a más tardar el 15 de junio de cada año, para ser sometido al pleno de la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad para su revisión, análisis y aprobación a más tardar el 15 de julio de cada año.
En tanto, las Autoridades Normalizadoras deberán presentar al comité que corresponda las propuestas de Normas Oficiales Mexicanas relacionadas con los temas incluidos en el Suplemento y en caso de no hacerlo, los temas se entenderán automáticamente eliminados del Suplemento, sin necesidad de acto adicional alguno.