En febrero de 2023 colonos de las alcaldías Benito Juárez, Miguel Hidalgo y Xochimilco, en la Ciudad de México crearon organizaciones vecinales para exigir la revocación de sus alcaldes: Santiago Taboada, Mauricio Tabe y José Carlos Acosta, respectivamente.
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Esto se detuvo el pasado 23 de junio, cuando el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) declaró improcedente el proceso de revocación para el caso de Miguel Hidalgo y de Xochimilco.
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Aunque no avanzó en dos entidades, se trata de la primera ocasión en la capital mexicana donde se intentó aplicar esta herramienta, desde su implementación.
La revocación de mandato deriva de la Ley de Participación Ciudadana, que entró en vigor en 2019 y fue aprobada por el congreso local.
Dicha ley establece que se puede remover de su cargo a algún funcionario del gobierno local como al mandatario, algún alcalde o algún diputado. Para que esto proceda es necesario recabar las firmas equivalentes al 10% de la lista nominal de la entidad, en un periodo de 30 días.
Según el IECM se debe comprobar que no haya ningún interés político detrás y que únicamente sea ciudadano.
Si se declara procedente, el órgano electoral organiza una votación, donde se requiere de una mínima participación del 40% de la lista nominal y de una intención de voto a favor de por lo menos el 60% para que se pueda vincular.
Así existe esta herramienta en el orden federal, existe en el local y municipal, la cual puede permitir a la ciudadanía expresar si hay descontento con sus gobernantes.
PGR