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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, en sesión privada, el acuerdo emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), que avaló dictar medidas cautelares para que Morena, así como sus militantes y simpatizantes, en todos los actos denominados recorridos o asambleas informativas de sus aspirantes presidenciales.

Los magistrados avalaron que los actos de las llamadas corcholatas, en el proceso para elegir al coordinador nacional de la Defensa de la Transformación, “no contengan elementos proselitistas, se realicen preferentemente en lugares pertenecientes al partido, Se dirijan a la militancia y simpatizantes y no se emitan expresiones de índole electoral, entre otras cuestiones.

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El asunto tuvo su origen en la convocatoria para el proceso de selección de la persona coordinadora nacional de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación 2024-2030 emitida por Morena, respecto a la cual la Comisión declaró procedentes una serie de medidas cautelares con relación a las acciones que se podrían realizar con sustento en dicho instrumento. Posteriormente, se presentaron diversas denuncias por actos anticipados de precampaña y campaña en contra de varias personas, por su participación en eventos del proceso de selección de la coordinación nacional.

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Al respecto, la Comisión declaró como improcedentes las medidas solicitadas. Por su parte, la Sala Superior, en el SUP-REP-206/2023 y acumulado, revocó la negativa, para el efecto de que la Comisión emitiera una nueva determinación.
Morena y una de las personas denunciadas expusieron diversos motivos de agravios englobados en dos temáticas: en la primera, se argumentó la indebida determinación de la procedencia de las medidas cautelares; en la segunda, se alegó que las medidas adoptadas no eran razonables y, por lo tanto, debían revocarse.

Por otra parte, el denunciante dirigió sus agravios a evidenciar que las medidas concedidas resultaban insuficientes y, en consecuencia, buscó que se ordenara la suspensión de todos los actos que se realizaran con motivo del proceso de selección de la coordinación nacional.

La Sala Superior, a propuesta del magistrado José Luis Vargas Valdez y con la ausencia justificada de las magistradas Janine Otálora Malassis y Mónica Aralí Soto Fregoso, confirmó que la motivación empleada por la responsable para la concesión de la medida cautelar resultaba adecuada, al fincarse en un análisis preliminar en el cual consideró que los hechos denunciados podrían constituir actos anticipados por las manifestaciones expresadas en los eventos, y porque fueron en lugares abiertos al público y no solo a la militancia.

LDAV