La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral sobre el registro Frente Amplio por México, solicitado por los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática.
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El Partido Verde Ecologista de México impugnó la resolución al considerar que la intención de los partidos que lo conformaron es cometer fraude a la ley, ya que tiene como propósito seleccionar a su candidatura para la Presidencia de la República.
El pleno de la Sala Superior, en sesión pública presencial, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, desechó la queja y determinó que el convenio de Frente se encontraba debidamente fundado y motivado.
La unión de esos partidos tiene sustento constitucional y legal en el marco del derecho de auto organización partidista. Además, no se advierte la existencia de un fraude ni se ofrecen elementos para demostrarlo.
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Lo anterior, debido a que se precisó que, en ningún caso, los integrantes del Frente pueden difundir promocionales vinculados con la materia electoral, ya que únicamente pueden generar y difundir mensajes genéricos.
CSAS