En México y en varios países existe la licencia de paternidad. Si acabas de ser papá, aquí te explicamos cómo tramitarla.
Si acabas de convertirte en papá, según el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), tienes derecho a no acudir a trabajar durante cinco días con goce de sueldo, sin contar los días de descanso.
Las mamás que recientemente acaban de tener a su hijo no son las únicas que tienen derecho a una licencia, también los papás.
Para esto, tendrás que acreditar que eres padre. Si no sacas la licencia no podrás gozar de estos beneficios. Te explicamos cómo y dónde tramitarla.
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Para tener acceso a este derecho debes cotizar en tu trabajo ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Con esto se le permite a un padre ausentarse de su trabajo por cinco días por el nacimiento de su hijo, o bien, por adopción de un niño.
En este derecho se estipula que los trabajadores que se convirtieron en padres pueden ausentarse de su centro laboral durante cinco días con goce de sueldo, sin contar los días de descanso.
Los días de permiso y cuidado para los recién nacidos o adoptados se cuentan a partir de su nacimiento o del día que llegó a la casa.
El patrón tiene la obligación de otorgar este permiso. En caso de que no, podrás denunciarlo ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).
El trámite de este documento es sencillo. Lo podrás realizar en el área de recursos humanos de tu empresa. Sin embargo, el IMSS cuenta en su página de internet con un proceso para obtenerla.
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Lo primero que deberás hacer es constatar que eres un trabajador afiliado al IMSS.
Deberás ir a las oficinas de este instituto o lo puedes hacer en línea.
Se te solicitarán los siguientes documentos; identificación oficial vigente, comprobante de domicilio y acta de nacimiento o documento que acredite la adopción.
Después de esto, el IMSS verificará tu solicitud para determinar si eres un trabajador que cumple con los requisitos.
En caso de que el IMSS te haya notificado que aprobó tu licencia podrás gozar de este descanso por cinco días hábiles.
PGR