Una multa de hasta 622 mil pesos podrán recibir los propietarios de farmacias, droguerías y boticas que establezcan un régimen de comodato con el personal médico que brinde atención médica en los Consultorios Adyacentes a Farmacias (CAF)”.
De acuerdo con la iniciativa para regular el modo de contratación de las y los médicos formulada por la presidenta de la Comisión de Salud, la senadora, Lilia Margarita Valdés, “el personal médico contratado para brindar atención en dichos consultorios deberá ser contratado conforme a lo establecido en los artículos 14 y 15 de la Ley Federal del Trabajo”.
Durante 2022 se contabilizaron más de 18 mil farmacias que cuentan con un consultorio adyacente, los cuales brindaron un promedio de diez millones de consultas mensuales; no obstante, los médicos que atienden no están contratados bajo la Ley Federal del Trabajo, en su mayoría.
Ante ello, “el objeto de la presente iniciativa es mitigar el riesgo laboral en que se encuentran las y los médicos que ejercen en los CAF, haciendo visibles las condiciones en las que laboran y en muchos casos, siendo ellos quienes deben proveer los insumos mínimos necesarios para realizar su actividad”.
Además se establece que, “en ningún caso se podrá condicionar la prestación del servicio de atención médica a la compra del medicamento u otros insumos en la farmacia, droguería y botica adyacente”.
El documento publicado en la Gaceta del Senado, señala que este tipo de consultorios, ha tenido un crecimiento exponencial y el modelo de contratación o de la prestación de servicio de los médicos ha sido una de las principales problemáticas”.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Salud Pública (INSP), de 2012 a 2018, la atención médica en los CAF pasó de 32.4 % a 46.6% en la población derechohabiente a cualquier servicio público (IMSS, ISSSTE u otro). Y la población sin seguridad social que se atendía en 2012 era del 74.9% incrementó a 85.5% en 2018.
Mientras que durante la pandemia, estos refirieron cerca de 36 mil casos de Covid-19 al día
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