AMLO - ABORTO -Mañanera
Foto: Cuartoscuro | Pese a la resolución de la SCJN de despenalizar el aborto a nivel federal, el presidente prefirió no abundar en el tema.  

El presidente Andrés Manuel López Obrador declinó opinar sobre la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que despenaliza el aborto en el país.

Durante su conferencia mañanera, en Palacio Nacional, el mandatario dijo que no conocía la sentencia de la Corte, por lo que prometió que después fijaría su postura.

“No conozco la resolución, pero mañana que yo vea que se trata puedo contestar“, indicó el titular del Ejecutivo.

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La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) despenalizó ayer el aborto a nivel federal.

Esto al otorgar un amparo a una organización civil, los ministros determinaron que “es inconstitucional el sistema jurídico que penaliza el aborto en el Código Penal Federal, ya que viola los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar”.


La resolución vincula al Congreso para eliminar del Código Penal Federal el delito de aborto, con lo que las instituciones públicas de salud deberán realizar la interrupción del embarazo a quien lo requiera sin criminalización.

Dicha medida impacta principalmente a 21 estados donde el aborto todavía era considerado un delito por las leyes locales, pues en otros 12 ya se había despenalizado.

Hasta antes de la resolución de la Corte, el aborto ya era legal en Ciudad de México, Oaxaca, Baja California, Coahuila, Veracruz, Colima, Hidalgo, Guerrero, Baja California Sur, Sinaloa, Quintana Roo y Aguascalientes, esta última entidad por órdenes de la SCJN el pasado 30 de agosto.

La organización social Gire, dedicada a la defensa de los derechos reproductivos y que logró el amparo del Alto Tribunal, explicó, en su cuenta de Twitter, que entre los alcances está que la sentencia debe ser observada por todos los jueces del país y el personal médico no puede ser criminalizado por llevar a cabo procedimientos de interrupción de embarazos.

“Con esta resolución, IMSS, Issste, Pemex y cualquier institución de salud federal deberán brindar el servicio de aborto a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar que lo soliciten”, indicó Gire.

La Primera Sala resolvió que la criminalización del aborto constituye un acto de violencia y discriminación por razón de género, ya que “perpetúa el estereotipo de que las mujeres y las personas gestantes sólo pueden ejercer libremente su sexualidad para procrear y refuerza el rol de género que impone la maternidad como un destino obligatorio”.

Por otro lado, el Alto Tribunal determinó que la norma que impone la suspensión del ejercicio de la profesión al personal médico, a las comadronas y parteras que practiquen un aborto o proporcionen ayuda también es inconstitucional, ya que genera un efecto discriminatorio que se traduce en una menor disponibilidad de profesionales capacitados y dispuestos a practicarlo, y esto impacta directamente en el sistema de salud y en el ejercicio de los derechos reproductivos de las mujeres y personas gestantes.

Además, la Primera Sala señaló que aquellas normas que contemplan que una mujer o persona gestante no debe ser sancionada cuando el aborto se comete por imprudencia, por violación o por grave peligro de muerte son inconstitucionales, porque siguen concibiendo al aborto como un delito y a la mujer como responsable penalmente.