Con el fin de eliminar todas las formas de discriminación, el Senado de la República aprobó penas de hasta 7.5 años de cárcel a quienes cometan conductas racistas. Incluidas aquellas que se realicen por medios cibernéticos o medios de comunicación.
De acuerdo con el dictamen por el que se adiciona el artículo 149 Quárter al Código Penal Federal, aquellas personas que restrinjan los derechos de la libre personalidad de cualquier raza o grupo de personas de otro color u origen étnico, mediante la exposición e intimidación en medios cibernéticos o cualquier medio de comunicación.
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Señala que las personas que inciten, difundan, publiquen, propaguen, transmitan, justifiquen o fomenten de manera directa o indirecta “ideas o teorías basadas en la superioridad de una raza, de guerra, de apología al odio nacional, o de un grupo de personas de un determinado color u origen étnico”, serán sancionadas hasta con cinco años de prisión; no obstante, si se trata de servidores públicos, la pena se eleva hasta 7.5 años.
También podrán ser acreedores a cárcel, quienes financien o realizan actividades de propaganda que promuevan la discriminación, violencia o el odio racial en contra de cualquier grupo de personas de otro color u origen étnico.
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El dictamen fue enviado a la Cámara de Diputados para su análisis y discusión.