Quedarte dormido en un vagón del Metro puede salirte caro. Checa cuáles son las multas por si te llega a pasar.
Es muy común que las personas que usan el Metro como su medio de transporte para llegar a sus trabajos o escuelas se queden dormidos en algunas estaciones. Lo más frecuente es que a quienes les sucede esto se despierten antes de llegar a su destino.
Sin embargo, hay veces en las que el sueño es tan pesado que algunos pasajeros se quedan dormidos incluso llegando a la terminal. Estas situaciones ameritan una multa, según la Ley de Cultura Cívica.
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Según el Artículo 29, Fracción XI de la Ley de Cultura Cívica, quedarse dormido en una terminal del Metro es una infracción al entorno urbano.
Dichos sitios son señalados como “de acceso restringido en los lugares o inmuebles destinados a servicios públicos, sin la autorización correspondiente o fuera de los horarios establecidos”, se lee en el artículo.
Corresponde a una infracción tipo C, cuya multa equivale a una cantidad que oscila entre los 21 y 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir de entre 2 mil 178 a 3 mil 112 pesos. Estas cifras varían mucho, pues depende del salario mínimo, por lo que corresponden con los números de este año.
Además de la multa, esta infracción puede ameritar un arresto de entre 25 y 36 horas y trabajo comunitario de entre 12 y 18 horas.
En caso de que no quieras pagar la cantidad mencionada o no lo hagas en el periodo establecido, la multa podría aumentar a las 236 UMAs y con un techo de 470 UMAs. Es decir que la cantidad oscilará entre los 24 mil 482 a los 48 mil 757 pesos.
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Esta infracción sólo aplica para las personas que siguen dormidas aún cuando el metro ya llegó a la terminal, no es vigente para quienes sólo duermen entre estaciones ya sea sentados o de pie.
PGR