El padrón de migrantes es un registro voluntario para todas las personas huéspedes de la Ciudad de México (migrantes internacionales, migrantes en tránsito, solicitantes de refugio y personas reconocidas como refugiadas) y migrantes mexicanos de retorno que radican en la capital.
Su objetivo es promover el ejercicio de los derechos básicos de estas personas y se respalda en la Ley de Interculturalidad, Atención a Migrantes y Movilidad Humana, quienes realicen con éxito este trámite, podrán ser beneficiarios de una constancia que te reconoce como residente de la CDMX.
Esta constancia funciona como un documento que te facilita el acceso a los servicios y programas del Gobierno de la capital de país.
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INSCRÍBETE
Requisitos:
- Acreditar identidad.
- Acreditar residencia.
- Proporcionar una cuenta de correo electrónico personal, para oír y recibir todo tipo de notificaciones o documentos.
- Realizar el pre-registro en línea (que se encuentra dentro del paso a paso dentro de esta página).
Documentos:
1. Documento que acredite identidad, independientemente de su vigencia; puede ser alguno de los siguientes:
- Documento de identidad con fotografía emitida por otro país a sus ciudadanos.
- Credencial de una institución educativa en la Ciudad de México.
- Constancia de identidad emitida por un consulado.
- Matrícula consular.
- Documento de viaje.
- Documento que emite la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados.
- Documento migratorio emitido por el Instituto Nacional de Migración.
- Para acreditar la condición de migrantes en retorno, se podrán puede presentar: Constancia de recepción de mexicanos repatriados o el registro de retorno voluntario emitidos por el INM; documento de remoción o inadmisibilidad emitido por autoridad extranjera.
En el caso de niñas, niños y/o adolescentes, se requiere un documento que acredite la identidad del niño, niña o adolescente, este puede ser: identificación del padre, madre o familiar, así como acta de nacimiento del niño, niña o adolescente, o documento que acredite la relación familiar.
2. Comprobante de domicilio que acredite residencia en la Ciudad de México; puede ser cualquiera de los siguientes documentos:
- Recibos de pago de servicios de máximo 3 meses de vigencia. Puede ser un recibo de agua, luz o teléfono.
- Constancia expedida por un hospital, albergue, Institución de Asistencia Privada, Asociación Civil, que certifique residencia de al menos 30 días.
- Llenar el Formato de solicitud de inscripción en línea.
- Llenar el formato de solicitud de inscripción presencial, disponible en la Subdirección de Migrantes.
- Fotografía digital. Se tomará en las instalaciones de la Coordinación de Migrantes el día y horario que sea acordado vía correo electrónico.
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¿Ya tienes todos los documentos listos? Así te puedes registrar:
- Reunir todos los requisitos.
- Llena el formato de inscripción y adjunta la documentación a dicho formato.
- Una vez que la persona solicitante haya llenado el formato y presentado la documentación correspondiente, los datos serán verificados en un periodo de 1 a 3 días hábiles. Posteriormente, el personal de la Subdirección de Migrantes contactará a la persona solicitante para agendar una cita.
- En caso de inconsistencias, ilegibilidad o fragmentación de las imágenes de la documentación, se le solicitará que las envíe nuevamente subsanando la deficiencia en un plazo no mayor a 5 días hábiles. Transcurrido ese tiempo y de no recibirse el trámite se considerará como no presentado.
- El día de la cita, la persona solicitante deberá acudir a las instalaciones de la Subdirección de Migrantes en la fecha indicada, llevando consigo los documentos originales y copias necesarias.
- Se validarán los datos del pre-registro en el Formato de Solicitud de renovación y se firma.
- Se firma Carta bajo protesta de decir verdad, declarando que la información y documentos presentados para realizar el trámite de inscripción por primera vez no han cambiado.
- Se toma la Fotografía.
- Cuando la documentación sea validada físicamente, se procederá a expedir y realizar la entrega de la renovación de la constancia a la persona solicitante, misma que tendrá vigencia de un año.
Esta información es tomada del sitio web de la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social, por lo que si tienes alguna duda, puedes acceder a su página dando clic aquí.
AG