De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo el tercer lunes de noviembre es un día de descanso obligatorio, es decir, es un día no laborable que tiene por objeto que los trabajadores “celebren con entera libertad la festividad cívica que se conmemora en esa fecha”. En este caso, el 20 de noviembre se conmemora la Revolución Mexicana.
Por lo anterior, los trabajadores que laboren este día tienen derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado. Es decir, si una persona gana 300 pesos al día, entonces debe recibir esos 300 pesos más 600 pesos extra por trabajar un día de descanso obligatorio.
Pese a que el 20 de noviembre será lunes, cabe mencionar que si el día de descanso obligatorio cae en domingo entonces los trabajadores deben recibir el triple del salario más la prima dominical, la cual debe cubrir un veinticinco por ciento sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.
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Después del 20 de noviembre, el día de descanso obligatorio que sigue es el 25 de diciembre, día en el que se celebra la Navidad, por lo que, los trabajadores también tienen derecho a recibir un pago doble si llegasen a laborar.
Si llegaras a trabajar cualquiera de estos dos días y no recibes un pago doble debes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), donde recibirás orientación y asistencia jurídica gratuita, pues es una institución que tiene como fin salvaguardar los derechos de los trabajadores, como el derecho a la paga doble en días festivos, así como el derecho a otras prestaciones laborales, tales como el aguinaldo, la prima vacacional, la prima dominicial y la licencia por maternidad.
DRS