El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la designación de José Arturo Salinas como gobernador interino de Nuevo León.
Tras la licencia otorgada a Samuel García, el Congreso local nombró al presidente del Tribunal Superior de Justicia de la entidad como mandatario interino, con efectos a partir del 2 de diciembre.
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Sin embargo, durante la sesión de este miércoles, la Sala Superior del TEPJF determinó que no cumplía con los requisitos de elegibilidad y mandató al Poder Legislativo neoleonés a nombrar a otro gobernador interino que cumpla con los requisitos legales.
En paralelo, está semana la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió la designación del presidente del Tribunal Superior de Justicia de Nuevo León, Arturo Salinas, como gobernador interino de esa entidad, en sustitución de Samuel García, quien pidió licencia para iniciar su precampaña presidencial.
En un comunicado, la Corte señaló que también determinó suspender el acuerdo del Poder Ejecutivo neoleonés por el que se designaba al secretario de Gobierno como encargado de despacho de la gubernatura.
Por otro lado, se negó otorgar la suspensión en el sentido de que el Congreso se abstuviera de llevar a cabo cualquier designación; es decir, que quedan a salvo las facultades del Poder Legislativo local para designar al Gobernador interino de dicha entidad, luego de que se haga efectiva la licencia de García, a partir del 2 de diciembre próximo.
La Suprema Corte indicó que aceptó a trámites la controversia constitucional del Poder Ejecutivo de Nuevo León, que demandó la invalidez de la designación del gobernador Interino que recayó en el presidente del Tribunal Superior de Justicia de esa entidad federativa.
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También admitió la controversia del Congreso del Estado, que demandó la invalidez de un acuerdo firmado por Samuel García, con el que se designó al secretario de Gobierno como encargado del despacho del Poder Ejecutivo local.
Además, se concedió la suspensión contra la designación del presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado como Gobernador interino y la toma de protesta respectiva y contra el Acuerdo emitido por el mandatario neoleonés respecto a la designación del encargado del despacho durante su licencia.
“Lo anterior, con el objeto de no poner en riesgo el principio de separación de poderes previsto en los artículos 49 y 116 de la Constitución federal”, indicó la Corte.