El Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementó mejoras para la Declaración Anual 2023 de las personas morales, informó la institución.
Recordó que los contribuyentes pueden presentar sus impuestos entre el 1 de enero y el 1 de abril de 2024 y ahora entre otras actualizaciones precisó que se pueden agregar las pérdidas fiscales por amortizar que no se visualicen en el formulario y que provienen de las declaraciones 2013 a 2021.
Se incluye la primera y segunda actualización de la pérdida fiscal por amortizar, en el caso de que se haya generado en el ejercicio inmediato anterior.
El SAT dio a conocer que a partir de esta declaración se eliminaron los estados financieros: “Estado de flujo de efectivo” y “Estado de cambios en el capital contable”.
Se podrá hacer la precarga de la información de los estados financieros que permanecen presentados el ejercicio anterior.
Dijo que habrá adición de la deducción inmediata de inversión prevista en el Decreto Relocalización, publicado en el Diario Oficial en octubre de 2023 y de los beneficios fiscales otorgados a los contribuyentes afectados por el Huracán Otis, entre otras actualizaciones que se pueden conocer en su sitio web.