Ricardo Gallardo, gobernador de San Luis Potosí violó la ley durante un acto oficial y se pronunció a favor de Claudia Sheinbaum, candidata presidencial de Morena.
Lo anterior, durante la visita del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) para la supervisión de Programas del Bienestar; a darle la bienvenida al mandatario mexicano, Gallardo Cardona comentó que:
“Señor Presidente, estamos con usted y con la consolidación de la cuarta transformación que encabezará Claudia Sheinbaum Pardo en este año 2024. Ya confirmamos en San Luis Potosí la alianza entre el Partido Verde, Morena y el Partido del Trabajo para arrasar en el próximo proceso electoral”.
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Los dichos del gobernador potosino contradicen lo establecido en el párrafo séptimo del artículo 134 de la Constitución Mexicana que indica que los servidores públicos tienen la obligación de observar el principio de imparcialidad para para preservar condiciones de equidad en la contienda electoral.
Incluso Gallardo Cardona fue más allá y dijo que los potosinos quieren seguir trabajando con el Gobierno de México para seguir con:
“Más logros en la segunda etapa del cambio para que tengamos acceso a mayor justicia social, más salud, más educación y más seguridad”.
Los dichos del mandatario potosino fueron precedidos por los de su homólogo de Zacatecas, David Monreal, quien durante la visita del titular del Ejecutivo dijo que:
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“Que nadie se confunda, la ruta, la ruta está marcada, tendremos la última palabra en las elecciones más importantes de nuestra historia (…) en México y Zacatecas son tiempos de definiciones, tiempos de tomar las riendas de nuestro futuro y asumir cada quién su responsabilidad”.
Antecedente en la contienda intermedia
En 2021, durante el proceso electoral intermedio en el que se renovaron gubernaturas, el Instituto Nacional Electoral (INE) definió los alcances de la tutela inhibitoria para salvaguardar la obligación que le impone la Constitución al Ejecutivo Federal y a las y los titulares de los poderes ejecutivos en las entidades de conducirse con neutralidad e imparcialidad.
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En esa ocasión -tras acatar una resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación con respecto a dichos del titular del Ejecutivo a favor de un partido político, el Consejo del Instituto ordenó -como se lee en su cuenta de X (@INEMexico):
El Consejo General del INE ordenó al Presidente de la República y a las y los titulares de los poderes ejecutivos en las entidades, que se abstengan de pronunciarse en materia electoral para no transgredir los principios de imparcialidad y neutralidad en la contienda. pic.twitter.com/PjKrHmy76u
— @INEMexico (@INEMexico) January 16, 2021
“Al Presidente de la República y a las y los titulares de los poderes ejecutivos en las entidades, que se abstengan de pronunciarse en materia electoral para no transgredir los principios de imparcialidad y neutralidad en la contienda”.
Además, se determinó que las manifestaciones que podrían implicar una posible transgresión a los principios de imparcialidad y neutralidad contenidos en el artículo 134 Constitucional serían:
- El ejercicio de las prerrogativas de los partidos políticos (financiamiento público y acceso a radio y televisión)
- Vida interna de los partidos políticos nacionales y locales
- Candidaturas de partidos políticos e independientes (registro, postulación, entre otros)
- Cargos de elección federal y local
- Etapas del Proceso Electoral Federal y locales
- Frentes, coaliciones electorales, fusiones, alianzas nacionales o locales
- Plataformas electorales
- Campañas electorales
- Estrategias electorales de cualquier fuerza política nacional o local, así como a encuestas de intención de voto o preferencias electorales