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La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) mantiene la Fase I de Contingencia Ambiental Atmosférica por Ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM) y el doble Hoy no Circula.

“Debido a que se registraron concentraciones máximas de ozono de 170, 164 y 160 ppb en las estaciones de monitoreo de Tlalnepantla, Atizapán y Cuautitlán, respectivamente y hasta las 17 horas se mantuvieron condiciones adversas para la dispersión de contaminantes en la zona Noroeste del Valle de México, registrando valores de ozono dentro del rango de Muy Mala  calidad del aire.

“Los modelos meteorológicos pronostican para mañana la persistencia del sistema de alta presión en el centro del país, que originará cielo despejado, alta radiación solar, estabilidad atmosférica y viento débil, lo que favorecerá la formación del ozono. Debido a estas condiciones, el pronóstico para mañana indica que la calidad del aire podría ser Muy Mala”, se lee en el comunicado emitido por la CAMe.

Sábado deberán suspender circulación de 5 a 22 horas:

  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado rosa, terminación de placa  7 y 8.
  • Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  • Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de  matrícula sea PAR.
  • Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6 y 10 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del Edomex.
  • Los taxis con holograma de verificación 00, 0, 1 o 2 que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10 a 22 horas.