Reitera INE que asignará plurinominales hasta el 23 de agosto
Foto: Cuartoscuro | La Comisión de Quejas resolvió que es procedente la adopción de la medida cautelar, para que los morenistas denunciados.  

La Comisión de Quejas del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que varios candidatos de Morena deben dejar de participar en programas de radio por una presunta sobreexposición de su imagen.

Los partidos políticos Acción Nacional, de la Revolución Democrática (PRD) y Revolucionario Institucional (PRI) denunciaron a César Arnulfo Cravioto Romero, Senador de la República y candidato a diputado federal, y José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, diputado federal y candidato a Senador.

También con Minerva Citlalli Hernández Mora, candidata a senadora y Antonio Attolini Murra, diputado local de Coahuila, por la probable adquisición de tiempo en radio, derivado de su colaboración en los programas transmitidos por las estaciones de radio 103 FM y 104.1 FM del Grupo Fórmula.

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La Comisión de Quejas resolvió que es procedente la adopción de la medida cautelar, para que los morenistas denunciados suspendan sus intervenciones en los programas Azucena Uresti en Fórmula, José Cárdenas Informa y López-Dóriga, mientras se desarrolla la etapa de campaña, periodo de reflexión y Jornada Electoral del actual Proceso Electoral Federal y Local en Coahuila, pues, de manera preliminar, se advirtió una posible sobreexposición ante la ciudadanía que podría ir en detrimento del principio de equidad en la contienda.

Respecto a la solicitud de la medida cautelar en su vertiente de tutela preventiva, se consideró improcedente la adopción al tratarse de hechos futuros de realización incierta; mientras que, por lo que hace al supuesto fraude a la ley, la Comisión precisó que corresponderá a la Sala Regional Especializada del TEPJF el pronunciamiento respectivo al realizar el análisis de fondo del asunto.

En otro caso, el Partido Acción Nacional (PAN) presentó dos denuncias en contra del Presidente de la República por la presunta difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido y la vulneración a los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda, en el marco del Proceso Electoral Federal 2024, derivado de las expresiones realizadas en la Ceremonia Conmemorativa del Día de la Maestra y del Maestro y en las conferencias matutinas conocidas como mañaneras, de los días 20 y 21 de mayo del año en curso.

Por cuanto hace a las conferencias del 20 y 21 de mayo de 2024, la Comisión resolvió improcedente su adopción. Esto, porque las difundidas en medios administrados por el Coordinador General de Comunicación Social del Gobierno de la República ya no se encontraron disponibles para su consulta, es decir, se trata de actos consumados, y respecto a las alojadas en la página https://lopezobrador.org.mx, se concluyó que son expresiones genéricas amparadas en la libertad de expresión y de información, siendo que podrían estar relacionadas con el ejercicio de su cargo y no necesariamente con el proceso electoral en curso, por lo que, preliminarmente, no se vulneran los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad.

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De igual forma, se consideró improcedente la adopción de la medida cautelar solicitada respecto a la Ceremonia Conmemorativa del Día de la Maestra y del Maestro de fecha 15 de mayo en curso, puesto que el material denunciado ya no está disponible.

LEO