RESOLUCIÓN. El juicio de amparo seguirá su curso y un juzgado de distrito decidirá si se confirma que la ministra Batres debe mantener sin candados su cuenta de X.
 

El Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito resolvió que la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Lenia Batres, debe desbloquear la restricción de su cuenta de X para que otras personas puedan comentar sus publicaciones.

A finales de mayo pasado, el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México concedió a un usuario de esa red social una suspensión provisional contra el bloqueo para realizar comentarios en la cuenta de la ministra.

Batres, el 28 de mayo, promovió un recurso de queja ante el Tribunal Colegiado señalando que el quejoso ni siquiera podía identificarse en la red social, pero el Tribunal acreditó su interés tanto por su existencia como porque se acreditó la imposibilidad de efectuar comentarios a las publicaciones de Batres.

El Tribunal Colegiado confirmó la suspensión provisional, con base en una tesis judicial de 2020, en la que se señala que “cuando un servidor público utilice como medio de divulgación de sus actividades y como vehículo de comunicación con los gobernados una cuenta de twitter, está obligado a permitir que aquellos que estén inscritos como seguidores de esa cuenta mantengan el contacto, y a no bloquearlos por estimar que sus opiniones críticas le resultan molestas o incómodas, mientras el comportamiento del usuario seguidor no sea abusivo o constitutivo de un delito”.

La resolución indica que “si del contenido de esas expresiones no se aprecia el propósito de ofender en forma desmesurada al servidor público titular de la cuenta de una red social de Internet en su dignidad, en su honra, en su credibilidad, de referirse a él como carente de valor, o contienen opiniones que no concuerdan con la forma en que despliega sus actividades públicas, tal conducta no puede reputarse abusiva ni justifica el bloqueo de quienes las emiten”.

La ministra Lenia Batres deberá desbloquear la restricción que impide hacer comentarios en su cuenta X, debido a que el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito confirmó la suspensión provisional.

A su vez, el juicio de amparo seguirá su curso y un juzgado de distrito decidirá si se confirma que la ministra Batres debe mantener sin candados su cuenta de X para que los usuarios puedan realizar comentarios o críticas.

“En la eventualidad de que el juzgado de distrito en el fondo resuelva de forma adversa al quejoso, pueden retrotraerse los efectos de la suspensión, ya que la responsable (ministra Batres) podrá bloquear los comentarios nuevamente en la red social X, de manera que no se constituye un beneficio definitivo”.