Durante el último día del periodo ordinario, el pleno del Congreso de Puebla aprobó por mayoría de votos la autorización de La Ley de Voluntad Anticipada a la cual permite a una persona con enfermedad terminal concluir su vida dignamente y sin sufrimiento.
El legislador local del Partido del Trabajo (PT), Miguel Octaviano Huerta Rodríguez, resaltó desde la mesa directiva que la propuesta está fundamentada en dignificar la vida y que para proceder con esta los pacientes deberán solicitar un documento.
“No es cualquier documento está requisitado por todas las formalidades para que la voluntad y dignidad estén siempre protegidos jurídicamente”.
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Esta nueva normativa permite que alguien desahuciado suspenda voluntariamente su tratamiento curativo e inmediatamente inicie otro para aliviar el sufrimiento, sin embargo, cabe destacar que esto no es similar a la eutanasia.
Los pacientes interesados en acceder a la voluntad anticipada tendrán que llenar un formato personalmente ante un notario público o personal de salud con dos testigos.
En el escrito se colocarán los datos personales del interesado, el nombramiento de un representante o sustituto que vele por cumplir la voluntad y la manifestación en caso de donar o no sus órganos.
Por su parte, los notarios y miembros del sector salud notificará a la sala especializada (el cual será un órgano que se creará) para llevar un conteo de los pacientes que buscan ejercer su voluntad anticipada.
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Es importante que los testigos no sean menores de edad, médicos tratantes familiares del enfermo, personas inestables mentalmente o que hablen otro idioma al que entiende el paciente, así como haber sido condenados por delito de falsedad.
A esta voluntad anticipada también podrán acceder menores de edad que padezcan alguna enfermedad terminal, aunque el procedimiento sería llevado por un tutor o padre de familia.
La votación realizada en el pleno del congreso quedó con 34 votos a favor, dos en contra y cuatro abstenciones, sin embargo, queda pendiente la publicación de la ley en el periódico oficial del Estado para que entre en vigor.
OD